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Documento BOE-A-1995-17660

Resolución de 28 de junio de 1995, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se homologa al Instituto Politécnico Marítimo Pesquero de Pasajes para impartir cursos de Operador General y Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 21 de julio de 1995, páginas 22552 a 22553 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-17660

TEXTO ORIGINAL

Examinada la documentación presentada por don José Ignacio Espel, Director del Instituto Politécnico Marítimo Pesquero de Pasajes, en solicitud de homologación del centro para impartir cursos de Operador General y Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).

Vista la documentación aportada, así como los informes obrantes en el expediente de conformidad con lo establecido en la Orden de 30 de noviembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de diciembre),

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Homologar los cursos de Operador General y Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima.

Segundo.-Quince días antes de la celebración del curso, remitirá a la Inspección General de Enseñanzas Superiores Náuticas relación nominal del profesorado, acompañada del currículum profesional de cada uno de ellos, así como memoria desarrollada del programa y medios materiales a utilizar durante el curso, a efectos de la oportuna inspección por parte de los Servicios de esta Dirección General.

Tercero.-En el plazo de quince días de la finalización del curso, el Instituto Politécnico Marítimo Pesquero de Pasajes remitirá a la Inspección General de Enseñanzas Superiores Náuticas las actas del curso y las pruebas realizadas.

Cuarto.-Al personal de la Marina Mercante que haya finalizado con aprovechamiento el curso impartido se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante (Inspección General de Enseñanzas Superiores Náuticas) el oportuno certificado oficial a la vista de la certificación emitida por el Instituto Politécnico Marítimo Pesquero de Pasajes, en la que conste que han superado las pruebas establecidas.

Quinto.-Esta homologación tendrá validez por un año, a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiéndose prorrogar a la vista de la memoria, planes de estudios, prácticas y demás documentación que presente el Instituto Politécnico Marítimo Pesquero, sobre los cursos realizados en base a esta homologación.

Sexto.-Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarios, la Inspección General de Enseñanzas Superiores Náuticas efectuará inspecciones periódicas de los mismos.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 28 de junio de 1995.-El Director general, Pedro Anatael Meneses Roque.

Ilmo. Sr. Inspector general de Enseñanzas Superiores Náuticas.

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