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Documento BOE-A-1995-17779

Orden de 29 de junio de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo 23/1992, promovido por don Ignacio Rojo Fernández-Matinot.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 1995, páginas 22675 a 22676 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-17779

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 26 de octubre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 23/1992, en el que son partes, de una, como demandante, don Ignacio Rojo Fernández-Matinot, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 28 de febrero de 1992, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la resolución del Instituto Nacional de Administración Pública de fecha 3 de enero de 1991 sobre calificación de un curso de perfeccionamiento.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que rechazando la excepción de extemporaneidad opuesta por el Abogado del Estado y desestimando, como así hacemos, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Abogado don Ignacio Rojo Fernández-Matinot, en su propio nombre y asistencia jurídica, contra la resolución de 3 de enero de 1991 del Presidente del Instituto Nacional de Administración Pública, y contra la de 28 de febrero de 1992 de igual autoridad, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra aquélla, por las que se declaró no apto al recurrente en el XXI Curso Superior de Estudios Territoriales y Urbanísticos, debemos declarar que dichas resoluciones son conformes con el ordenamiento jurídico, sin especial declaración sobre las costas del proceso.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 29 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director del Instituto Nacional de Administración Pública.

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