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De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos, parcialmente estimatorios, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en la que dicho Tribunal acuerda: «Anulamos los acuerdos de la Universidad de Zaragoza reseñados en el encabezamiento y fundamento de derecho tercero de esta Resolución, en la medida que resulte necesaria para adaptarlos al contenido de los fundamentos de derecho sexto y séptimo de la misma».
Zaragoza, 29 de junio de 1995.-El Rector, Juan José Badiola Díez.
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