Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 2 de diciembre de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.507/1992, promovido por don Eugenio Blanco de Córdova de la Casa, sobre reclasificación de puestos de trabajo; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por la Abogacía del Estado y desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Eugenio Blanco de Córdova de la Casa, en su propio nombre, contra las resoluciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que se describen en el primer fundamento, debemos declarar y declaramos que las resoluciones impugnadas son conformes a derecho, sin hacer expresa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 27 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Servicios.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid