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Documento BOE-A-1995-18439

Orden de 27 de junio de 1995, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se reconoce, se clasifica e inscribe en el Registro de Fundaciones Privadas la denominada «Fundación Gerontológica Internacional», de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 1995, páginas 23369 a 23370 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1995-18439

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes, de la denominada «Fundación Gerontológica Internacional», instituida y domiciliada en Sevilla, en la calle Jerónimo Hernández, número 3.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida en Escritura Pública de fecha 11 de marzo de 1994, ante don Alfonso Rubio Vázquez, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 831, figurando como fundador don Joaquín Vera Vera y modificada con fecha 21 de febrero de 1995, con número de protocolo 706, ante el mismo Notario.

Segundo.-Tendrá por objeto fundacional la investigación y promoción de la Gerontología y Geriatría, así como fomentar el avance de los actuales conocimientos sobre el proceso del envejecimiento humano, mediante la investigación sobre organismos vivos.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación está constituida por 1.000.000 de pesetas que el fundador ha depositado en entidad bancaria, lo que justifica con la certificación oportuna incorporada a la Escritura de Constitución.

Cuarto.-Serán beneficiarios el personal investigador en los ámbitos médicos, socio-económico, jurídico y científico en general, relacionado con el cumplimiento de los fines de la Fundación.

Quinto.-El gobierno, representación y administración, quedan atribuidos a un Patronato, siendo los componentes del mismo:

Presidente: Doctor don Joaquín Vera Vera.

Vocales:

Ilmo. Sr. don Julián Moreno Retamino.

Sr. don Ignacio Montaño Jiménez.

Sr. don José Luis López Bocanegra, designado por el Instituto Gerontológico Andaluz.

Sr. don José González Castañaga, designado por Federación de Organizaciones de Mayores.

Aceptan todos sus respectivos cargos.

Vistos: La Constitución Española; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones; el Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones; el Real Decreto 1762/1979, de 29 de junio, por el que se delimitan las competencias de los Ministerios de Educación y de Universidades e Investigación y de Cultura en materia de Fundaciones Culturales privadas y entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de derecho

Primero.-Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo.-Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1984, de 24 de noviembre, de Fundaciones, el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y que el contenido de su Carta Fundacional y sus Estatutos se ajustan a derecho, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, la clasificación de sus fines como de promoción de actividades docentes y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia, resuelve:

Primero.-Reconocer el interés público de la entidad, clasificar sus actividades como de promoción e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación denominada «Fundación Gerontológica Internacional», con domicilio en Sevilla, en calle Jerónimo Hernández, número 3.

Segundo.-Aprobar sus Estatutos, el Presupuesto de Ingresos y Gastos y la Memoria de Actividades para el primer ejercicio económico.

Tercero.-Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que se relacionan en el quinto antecedente de hecho de esta Resolución.

Sevilla, 27 de junio de 1995.-La Consejera, Inmaculada Romacho Romero.

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