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Documento BOE-A-1995-19182

Resolución de 5 de julio de 1995, del Departamento de Cultura, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 27 de junio de 1995, de declaración de bien cultural de interés nacional en la categoría de zona arqueológica del yacimiento del Camp de les Lloses, en Tona.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 1995, páginas 25046 a 25048 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1995-19182

TEXTO ORIGINAL

Considerando que en fecha 27 de junio de 1995 el Gobierno de la Generalidad de Cataluña declaró bien cultural de interés nacional en la categoría de zona arqueológica, el yacimiento de El Camp de les Lloses, en Tona,

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

Que se publique íntegramente en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» el Acuerdo del Gobierno de 27 de junio de 1995, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica del yacimiento de El Camp de les Lloses, en Tona.

Barcelona, 5 de julio de 1995.-El Consejero, Joan Guitart i Agell.

Acuerdo de 27 de junio de 1995 del Gobierno de la Generalidad, de declaración de bien cultural de interés nacional en la categoría de zona arqueológica del yacimiento de El Camp de les Lloses, de Tona;

Visto que el Departamento de Cultura, por Resolución de 8 de julio de 1992, incoó expediente de declaración de zona arqueológica a favor del yacimiento de El Camp de les Lloses, en Tona;

Vista la disposición transitoria 1 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, según la cual la tramitación de los expedientes sobre declaración de bienes de interés cultural iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley deberán continuar según el nuevo régimen jurídico;

Considerando que se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán;

Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Instituto de Estudios Catalanes;

Vistas las alegaciones presentadas durante la tramitación del expediente y considerando que ninguna de ellas desvirtúa el contenido de esta declaración.

A propuesta del Consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

Declarar bien cultural de interés nacional en la categoría de zona arqueológica el yacimiento de El Camp de les Lloses, en Tona, según la descripción y la ubicación que constan en el anexo I de este Acuerdo. La delimitación de la zona arqueológica, cuya justificación consta en el anexo II se detalla en el plano que se publica con este Acuerdo.

ANEXO I

Descripción y ubicación

Los datos de los que disponemos permiten situar el yacimiento de El Camp de les Lloses en el marco histórico del proceso de romanización de las tierras del noreste de la Península Ibérica. La romanización comportó la transformación de las estructuras organizativas indígenas, políticas, sociales, económicas, culturales e ideológicas en aquellas propias del mundo romano y fue un proceso largo y progresivo que duró casi tres siglos (II-I a. C. y I d. C.).

En el marco de cambios que tendrá lugar a finales del siglo III (a. C.) y al principio del II (a. C.) es cuando se funda El Camp de les Lloses. La elección del lugar donde se creó El Camp de les Lloses encuentra su explicación en razones de tipo geográfico y estratégico. El área de Tona se sitúa en la puerta de entrada de La Plana de Vic, en la divisoria de aguas entre el Ter y el Congost. En esta zona se encuentra el cruce de caminos que pone en contacto el macizo del Montseny con las comarcas occidentales a través de Collsuspina y de otro lado las comarcas costeras de El Maresme y de El Barcelonès con La Plana por el paso del Congost y de aqui hacia el Pirineo.

La elección del lugar ilustra además el cambio de orientación de algunos caminos que atravesaban la antigua Ausetania, resultado de la nueva situación político-administrativa. Se documenta un retroceso del uso de los caminos que seguian la ruta del Ter hacia al costa noreste, es decir hacia Emporión, a favor de la ruta del Congost más directa para comunicar con Tarraco, la antigua Cesse convertida en la capital de la provincia romana de la Citerior.

Entre los años 120 y 110 (a. C.) se construyó en el área que nos ocupa un tramo de la vía romana más antigua conocida en la Península Ibérica: Se trata de la vía de penetración militar que comunicaba la región ultrapirenáica de la Galia con las tierras de la depresión central catalana y de aquí, después de atravesar las tierras ilergetes, posiblemente continuaría hacia la Celtibéria. Los miliarios testimonian que la vía fue diseñada por Mani Sergi, que fue gobernador de la provincia Hispania Citerior. Uno de los miliarios que llevan el nombre de Mani Sergi apareció cerca de la casa del Vilar, no muy lejos de El Camp de les Lloses, mientras que restos de la calzada romana se conservan hoy tapados en un camino cercano que va hacia Collsuspina.

Este importante yacimiento arqueológico, conocido como El Camp de les Lloses, está situado en el oeste del núcleo de la población de Tona, en un lugar ocupado en buena parte por viviendas, algunas de las cuales se asientan en la misma zona arqueológica.

El hallazgo fortuito en 1915 de una notable estela ibérica, que ahora se encuentra depositada en el Museo Episcopal de Vic, y el hallazgo de estructuras de poblamiento aparecidas con motivo de un desprendimiento de tierras en 1944, fueron la causa de unas primeras excavaciones hechas entre los años 1960 y 1972. En el año 1991 se hicieron prospecciones, ampliadas más tarde por una excavación parcial.

Las recientes excavaciones han puesto de manifiesto que el lugar fue habitado desde la época del Bronce Final, pero que tuvo su momento más importante a partir del siglo II (a. C.).

Urbanísticamente todas las estructuras documentadas presentan una trama cuadricular estructurada a partir de dos ejes perpendiculares entre sí, y orientados norte-sur y este-oeste. A nivel arquitectónico se han identificado en la parcela 57-37-0, en el sector excavado más cercano a la calle Germana Victòria, diversos espacios anexos con funciones específicas. El conjunto de estructuras edílicias presenta una uniformidad constructiva: La parte inferior de los muros está hecha de piedra irregular, en seco. A partir de 120-130 centímetros de altura, el resto de los muros son de adobe grueso, encofrados de barro mezclado con piedrecitas y fibras vegetales. La cubierta sería de vigas de madera y paja.

De entre los ámbitos documentales cabe destacar un espacio de unos 100 metros cuadrados con cuatro divisiones internas dedicadas a funciones diversas. Una de ellas presenta unas características específicas, tanto por lo que se refiere a los elementos arquitectónicos como a los materiales arqueológicos, que han permitido relacionarlo con un taller artesanal destinado a la fundición de metales.

En esta fundición se han documentado dos tipos de producción; Una dedicada a la fabricación de objetos de bronce-accesorios y apliques decorativos, de los que se han encontrado fragmentos de moldes y crisoles y a la refundición de piezas de bronce viejas y fragmentadas y otra destinada a la fabricación de objetos de hierro, básicamente herramientas de El Campo y enseres para la vivienda. En este mismo ámbito se ha localizado una canalización que estaría relacionada con el trabajo de fundición de metales que se desarrollaría en esta habitación.

Lo que se ha excavado hasta ahora constata que no se trata de un simple asentamiento rural, sino de un centro donde se combinaban las actividades primarias de la economía con las de la producción metalúrgica y de mercado.

Ha aparecido en el lugar una notable cantidad de ases ibéricos y también de moneda fraccionaria, objetos de bronce, desde simples piezas de ornamentación personal a pies de lampadarios y restos de una estatua o pieza mayor, y también muchos objetos de hierro y cerámica campaniana gris, fina, pintada y otros, lo que da la idea de la importancia del yacimiento y de su relevancia como uno de los yacimientos más interesantes de esta época en la Cataluña interior y sobre todo un yacimiento rico de materiales que seguramente permitirá documentar la evolución de la tribu ibérica de los ausetanos en contacto con los elementos romanizadores ya presentes en la zona y también la política de intercambios entre los territorios del interior y la costa, como lo revela la variada procedencia de las monedas encontradas y de la cerámica y objetos hasta ahora estudiados.

ANEXO II

Justificación de la delimitación

La delimitación de la zona arqueológica está justificada por el interés social de preservar este importante yacimiento para las generaciones futuras.

El área objeto de protección es la que consta en el plano que se adjunta en el expediente y que se publica en este Acuerdo. Comprende la manzana formada al sur por la calle Pau Casals, al oeste por la calle del Castell, al norte por la calle Lourdes y al este por la calle Germana Victòria.

Esta delimitación representa una reducción del área protegida por la Resolución de 8 de julio de 1992 («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña», número 1.620, del 17) mediante la que se incoaba expediente de declaración de zona arqueológica a favor del yacimiento de El Camp de les Lloses. Así, en un principio, la protección afectaba a tres unidades o manzanas urbanizadas, delimitadas por la calle Pau Casals y la carretera de Manresa al sur, la calle Lourdes al norte y oeste y la calle Vic al este.

A partir del informe del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán de fecha 16 de julio de 1994, se propone que sólo se declare la parte central del yacimiento, formada por la manzana codificada con el número 57-37-0 y las calles el Castella, al oeste y Germana Victòria al este. Sólo en este sector es donde se han practicado excavaciones y sondeos arqueológicos, apareciendo restos con posibilidades museográficas y monumentales.

No obstante el yacimiento ocupa una extensión mucho más amplia que será, en un futuro, susceptible de protegerse, bien a través de otras figuras legales como sería la declaración de espacio de protección arqueológica, bien con una ampliación del área que ahora se declara como bien cultural de interés nacional en los sectores donde se realicen excavaciones y se documenten restos como posibilidades museográficas y monumentales.

Actualmente a causa del desarrollo urbano que se ha producido en esta área, es imposible delimitar con plena exactitud la extensión del asentamiento de El Camp de les Lloses, ya que los movimientos de tierras que se produjeron en el momento de hacer las edificaciones provocaron la destrucción del sedimento arqueológico en gran parte del yacimiento. Hay diversas noticias de la existencia de restos arqueológicos en las parcelas situadas en las inmediaciones del área objeto de protección, datos que confirman la anterior consideración y que dejan constancia y corroboran la importancia de este yacimiento y su gran interés científico, histórico y museográfico.

(MAPA OMITIDO)

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