Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León (Valladolid), con fecha 8 de junio de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 610/1992, promovido por don Julián Gutiérrez Briz y doña María Dolores Izard Gosálvez, sobre devolución de primas para el mantenimiento de vacas nodrizas y privación por un período de tres años de beneficio de ayudas al sector; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Estimamos el recurso contencioso-administrativo número 610/1992, interpuesto por don Julián Gutiérrez Briz y doña María Dolores Izard Gosálvez y, en consecuencia, declarando contrario a derecho el acto administrativo recurrido, lo anulamos.
No se efectúa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la practicada sentencia.
Madrid, 18 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general del SENPA.
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