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Documento BOE-A-1995-22700

Resolución de 2 de octubre de 1995, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se da publicidad a los modelos de certificados que, en el ámbito de la Sanidad Animal , serán necesarios para la exportación de jamón serrano y lomo de cerdo a Paraguay, Uruguay y Brasil, así como para exportar productos cárnicos del cerdo a Argentina y jamón Serrano a Chile.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 17 de octubre de 1995, páginas 30321 a 30324 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1995-22700

TEXTO ORIGINAL

En materia de sanidad animal se ha dictado numerosa normativa comunitaria a través de la cual se han marcado claros límites a la comercialización intracomunitaria e importaciones de terceros países, poniéndose especial énfasis en los controles sanitarios a los que han de someterse animales y productos derivados de los mismos que sean objeto de tales intercambios.

No obstante, este conjunto normativo no alcanza a las exportaciones que Estados miembros puedan realizar a terceros Estados de animales o sus derivados, dejando así un espacio sin regular que ha de salvarse a través de negociaciones bilaterales.

En consecuencia, teniendo en cuenta la importancia de los controles sanitarios a realizar en frontera, tanto por el país emisor como por el receptor de las exportaciones, la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, en el marco de las competencias que le atribuye el artículo 9 del Real Decreto 654/1991, de 26 de abril, por el que se modifica la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, así como de lo establecido en las actas y protocolo de las reuniones bilaterales mantenidas con las autoridades veterinarias de Paraguay, Uruguay, Brasil, Argentina y Chile, ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Para exportar a Paraguay, Uruguay y Brasil jamón serrano y lomo de cerdo, así como para exportar productos cárnicos del cerdo a Argentina y jamón serrano a Chile, deberá acompañarse por los interesados el modelo de certificado que se adjunta en los anexos I, II, III, IV y V, dependiendo del país de destino, sin perjuicio de los restantes documentos que les sean exigidos en cumplimiento de la normativa estatal aplicable en cada caso.

Estos certificados garantizan la sanidad de los productos cárnicos a los que acompañan, mediante el cumplimiento de las exigencias de sanidad animal que se han establecido en sus reversos.

Segundo.-En los anexos I, II y III se recoge, respectivamente, el modelo de certificado oficial veterinario para la exportación de jamón serrano sin hueso envasado al vacío y lomo de cerdo a Paraguay, Uruguay y Brasil.

En los anexos IV y V se recoge, respectivamente, el modelo de certificado oficial veterinario para la exportación de productos cárnicos del cerdo a Argentina y jamón serrano de porcino a Chile.

Tercero.-Estos certificados deberán ser cumplimentados en la Dirección Provincial del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que corresponda en función de donde se halle situado el establecimiento o en los puntos que se habiliten de inspección fronteriza por donde vaya a salir la mercancía del territorio nacional o, en su defecto, por la Subdirección General de Sanidad Animal de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del mismo Departamento, situada en calle Velázquez, 147, Madrid.

Cuarto.-La solicitud de los certificados veterinarios mencionados en el punto segundo deberá acompañarse de un documento sanitario en el que conste el origen de los animales, a expedir por el Veterinario oficial del establecimiento, sin perjuicio de lo establecido al final del punto primero.

Madrid, 2 de octubre de 1995.-El Director general, Cleto Sánchez Vellisco.

ANEXO I

Certificado de inspección veterinaria relativo a jamón serrano y lomos con destino a Paraguay

País expedidor: España.

Ministerio: Agricultura, Pesca y Alimentación.

Servicio: Subdirección General de Sanidad Animal.

Referencia ... Número ...

I. Identificación de los productos cárnicos

Jamón serrano sin hueso envasado al vacío y/o lomo de cerdo. (Táchese lo que no proceda.)

Número de piezas o unidades de embalaje:

Fecha límite de conservación:

Peso neto: ..................................

II. Procedencia de los productos cárnicos

Nombre, dirección y número de registro sanitario del establecimiento cárnico autorizado:

Nombre, dirección y número de registro sanitario del matadero autorizado:

III. Destino de los productos cárnicos

Los productos cárnicos se expiden desde:

A:

Mediante el transporte siguiente:

Nombre y dirección del expedidor:

Nombre y dirección del destinatario:

IV. Certificación sanitaria

El abajo firmante certifica que:

a) El país de procedencia, España, está declarado oficialmente libre de fiebre aftosa, peste bovina, enfermedad de Teschen y peste porcina clásica.

b) La explotación de origen de los animales, así como las industrias de transformación, están situadas en la zona libre de peste porcina africana, establecida en la Decisión 94/887/CE y sus modificaciones, y en zonas en las que en un radio de 25 kilómetros en torno a ellas no se ha constatado en los últimos doce meses el síndrome respiratorio y reproductivo porcino ni la enfermedad vesicular porcina.

c) Los animales han sido sacrificados en un matadero oficialmente autorizado por las autoridades veterinarias españolas para los intercambios intracomunitarios.

d) Los productos han sido procesados en su totalidad en industrias autorizadas por las autoridades veterinarias españolas para su comercio intracomunitario, a partir de carnes frescas obtenidas del sacrificio de animales sanos, sometidos a inspección veterinaria «ante» y «post-mortem», no habiéndose constatado ninguna enfermedad de declaración obligatoria que afecte a la sanidad de los animales ni a los humanos, ni de animales que hubieran de ser eliminados en el marco de campaña sanitaria alguna.

e) Los productos han sido sometidos a un proceso de maduración no inferior a ciento noventa días (190) para los jamones, y ciento cuarenta días (140) para los lomos (1).

f) Los productos, así como su envase y embalaje, han sido objeto de inspección veterinaria y van provistos del correspondiente marcado oficial que lo acredita.

g) Los vehículos y medios de transporte, así como las condiciones de carga de la expedición, se ajustan a las exigencias de higiene y sanidad definidos por la Unión Europea.

Expedido en el ........ de de 199....

Sello

(Firma: Cargo y nombre completo

en mayúsculas)

--------

(1) Táchese lo que no proceda.

ANEXO II

Certificado de inspección veterinaria relativo a jamón serrano y lomos con destino a Uruguay

País expedidor: España.

Ministerio: Agricultura, Pesca y Alimentación.

Servicio: Subdirección General de Sanidad Animal.

Referencia: ...................................

I. Identificación de los productos cárnicos

Jamón serrano sin hueso envasado al vacío y/o lomo de cerdo. (Táchese lo que no proceda.)

Número de piezas o unidades de embalaje:

Fecha límite de conservación:

Peso neto: ..................................

II. Procedencia de los productos cárnicos

Dirección, municipio, provincia y número de registro sanitario del establecimiento cárnico autorizado:

Dirección, municipio y número de registro sanitario del matadero autorizado:

III. Destino de los productos cárnicos

Los productos cárnicos se expiden desde:

A:

Mediante el transporte siguiente:

Nombre y dirección del expedidor:

Nombre y dirección del destinatario:

IV. Certificación sanitaria

El abajo firmante certifica que:

a) Que los jamones y/o lomos anteriormente designados han sido preparados a partir de carnes frescas obtenidas del sacrificio de animales sanos sometidos a inspecciones veterinarias «ante» y «post-mortem», no habiéndose constatado en los mismos enfermedad alguna de declaración obligatoria ni que afecte a la sanidad de los animales ni al hombre, y que dichos animales no han sido eliminados en campañas de saneamiento ganadero.

b) Que los animales han sido sacrificados en un matadero oficialmente autorizado por las autoridades veterinarias españolas para los intercambios intracomunitarios, y que los mataderos e industrias están situados en una zona considerada como libre de peste porcina africana, de acuerdo con la Decisión 94/887/CE.

c) Que los productos mencionados, así como su envase y embalaje, han sido objeto de inspección veterinaria y han sido procesados en su totalidad en establecimientos autorizados, como lo demuestra el marcado oficial que llevan.

d) Que los productos han sido sometidos a un proceso de maduración no inferior a CIENTO NOVENTA días (190) para los jamones, y CIENTO CUARENTA días (140) para los lomos (1).

e) Que el país de procedencia, España, está declarado oficialmente libre de fiebre aftosa, peste bovina, enfermedad de Teschen y peste porcina clásica.

f) Que los vehículos y medios de transporte, así como las condiciones de carga de la expedición, se ajustan a las exigencias de higiene y sanidad definidos por la Unión Europea.

g) Que los animales originarios de los jamones y/o lomos provienen de una zona considerada indemne de peste porcina africana por la Unión Europea mediante la Decisión 94/887/CE y de enfermedad vesicular porcina.

Expedido en el ........ de de 199....

Sello

(Firma: Nombre completo

en mayúsculas)

--------

(1) Táchese lo que no proceda.

ANEXO III

Certificado de inspección veterinaria relativo a jamón serrano y lomos con destino a Brasil

País expedidor: España.

Ministerio: Agricultura, Pesca y Alimentación.

Servicio: Subdirección General de Sanidad Animal.

Referencia: ...................................

I. Identificación de los productos cárnicos

Jamón serrano sin hueso envasado al vacío y/o lomo de cerdo. (Táchese lo que no proceda.)

Número de piezas o unidades de embalaje:

Fecha límite de conservación:

Peso neto: ..................................

II. Procedencia de los productos cárnicos

Dirección, municipio, provincia y número de registro sanitario del establecimiento cárnico autorizado:

Dirección, municipio, provincia y número de registro sanitario del matadero autorizado:

III. Destino de los productos cárnicos

Los productos cárnicos se expiden desde:

A:

Mediante el transporte siguiente:

Nombre y dirección del expedidor:

Nombre y dirección del destinatario:

IV. Certificación sanitaria

El abajo firmante certifica que:

a) Que los jamones y/o lomos anteriormente designados han sido preparados a partir de carnes frescas obtenidas del sacrificio de animales sanos sometidos a inspecciones veterinarias «ante» y «post-mortem», no habiéndose constatado en los mismos enfermedad alguna de declaración obligatoria ni que afecte a la sanidad de los animales ni al hombre, y que dichos animales no han sido eliminados en campañas de saneamiento ganadero.

b) Que los animales han sido sacrificados en un matadero oficialmente autorizado por las autoridades veterinarias españolas para los intercambios intracomunitarios, y que los mataderos e industrias están situados en una zona considerada como libre de peste porcina africana, de acuerdo con la Decisión 94/887/CE.

c) Que los productos mencionados, así como su envase y embalaje, han sido objeto de inspección veterinaria y han sido procesados en su totalidad en establecimientos autorizados, como lo demuestra el marcado oficial que llevan.

d) Que los jamones y/o lomos cuentan con un período de curación, como mínimo, de ciento noventa (190) días.

e) Que el país de procedencia, España, está declarado oficialmente libre de fiebre aftosa, peste bovina, enfermedad de Teschen y peste porcina clásica.

f) Que los vehículos y medios de transporte, así como las condiciones de carga de la expedición, se ajustan a las exigencias de higiene y sanidad definidas por la Unión Europea.

g) Que los animales originarios de los jamones y/o lomos provienen de una zona considerada indemne de peste porcina africana por la Unión Europea mediante la Decisión 94/887/CE y de enfermedad vesicular porcina, síndrome reproductivo y respiratorio del cerdo y gastroenteritis transmisible del cerdo.

Expedido en el ........ de de 199....

Sello

(Firma: Cargo y nombre completo

en mayúsculas)

ANEXO IV

Certificado de inspección veterinaria relativo a productos cárnicos destinados a la República Argentina

País expedidor: España.

Ministerio: Agricultura, Pesca y Alimentación.

Servicio: Sanidad Animal; Inspección Veterinaria: .

Referencia: V-1294 Número: ...........................

I. Identificación de los productos cárnicos

Productos preparados a partir de carne de

Naturaleza de los productos:

Naturaleza del embalaje:

Número de piezas o unidades de embalaje:

Fecha límite de conservación:

Peso neto: ..................................

II. Procedencia de los productos cárnicos

Nombre, dirección y número de registro sanitario del matadero autorizado:

Nombre, dirección y número de registro sanitario de la industria cárnica autorizada:

III. Destino de los productos cárnicos

Los productos cárnicos se expiden desde:

A:

Mediante el transporte siguiente:

Nombre y dirección del expedidor:

Nombre y dirección del destinatario:

IV. Certificación sanitaria

El abajo firmante certifica que:

a) El país de procedencia, España, está declarado oficialmente libre de fiebre aftosa, peste bovina, enfermedad de Teschen y peste porcina clásica.

b) La explotación de origen de los animales, así como las industrias de transformación, están situadas en la zona libre de peste porcina africana, establecida en la Decisión 94/887/CE (1) y sus modificaciones, y en zonas en las que en un radio de 25 kilómetros en torno a ellas no se ha constatado en los últimos doce meses el síndrome respiratorio y reproductivo porcino ni la enfermedad vesicular porcina.

c) Los animales han sido sacrificados en un matadero oficialmente autorizado por las autoridades veterinarias españolas para los intercambios intracomunitarios.

d) Los productos han sido procesados en su totalidad en industrias autorizadas por las autoridades veterinarias españolas para su comercio intracomunitario, a partir de carnes frescas obtenidas del sacrificio de animales sanos, sometidos a inspección veterinaria «ante» y «post-mortem», no habiéndose constatado ninguna enfermedad de declaración obligatoria que afecte a la sanidad de los animales ni a los humanos, ni de animales que hubieran de ser eliminados en el marco de campaña sanitaria alguna.

e) Los productos han sido sometidos a un proceso de maduración no inferior a ciento noventa días (190) para los jamones, y ciento cuarenta días (140) para los lomos (2).

f) Los productos, así como su envase y embalaje, han sido objeto de inspección veterinaria y van provistos del correspondiente marcado oficial que lo acredita.

g) Los vehículos y medios de transporte, así como las condiciones de carga de la expedición, se ajustan a las exigencias de higiene y sanidad definidos por la Unión Europea.

Expedido en el ........ de de 199....

Sello

(Firma: Nombre completo

en mayúsculas)

--------

(1) Decisión 94/887/CE modificatoria de la Decisión 89/21/CEE.

(2) Táchese lo que no proceda.

ANEXO V

Certificado de inspección veterinaria relativo a jamón serrano destinado a la República de Chile (1)

País expedidor: España.

Ministerio: Agricultura, Pesca y Alimentación.

Servicio: Sanidad Animal; Inspección Veterinaria: .

Referencia: V-994 Número: ...........................

I. Identificación de los productos cárnicos

Jamón serrano porcino (2).

Naturaleza del embalaje:

Número de piezas o unidades de embalaje:

Fecha límite de conservación:

Peso neto: ..................................

II. Procedencia de los productos cárnicos

Nombre, dirección y número de registro sanitario de la industria cárnica autorizada:

Nombre, dirección y número de registro sanitario del matadero autorizado:

III. Destino de los productos cárnicos

Los productos cárnicos se expiden desde:

A:

Mediante el transporte siguiente:

Nombre y dirección del expedidor:

Nombre y dirección del destinatario:

IV. Certificación sanitaria

El abajo firmante certifica que:

a) Que los productos cárnicos anteriormente designados han sido preparados a partir de carnes frescas obtenidas del sacrificio de animales sanos y que han sido sometidos a inspecciones veterinarias «ante» y «post-mortem», no habiéndose constatado ninguna enfermedad de declaración obligatoria ni que afecte a la sanidad de los animales ni a los humanos, y que dichos animales no han sido eliminados en el marco de campaña sanitaria alguna.

b) Que los animales han sido sacrificados en un matadero oficialmente autorizado por las autoridades veterinarias españolas para los intercambios intracomunitarios y que los mataderos e industrias están situados en una zona considerada como libre de peste porcina africana, de acuerdo con la Decisión 89/21/CEE y según se especifica en el apartado II del presente certificado (3).

c) Que los productos mencionados, así como su envase y embalaje, han sido objeto de inspección veterinaria y han sido procesados en su totalidad en establecimientos autorizados, como lo demuestra el marcado oficial que llevan.

d) Que los vehículos y medios de transporte, así como las condiciones de carga de dicha expedición, se ajustan a las exigencias de higiene y sanidad definidas por la Unión Europea.

e) El país de procedencia, España, está declarado oficialmente libre de fiebre aftosa, peste bovina, enfermedad de Teschen y peste porcina clásica y está reconocida por Chile esta condición sanitaria.

f) Que los animales originarios de las carnes son nacidos y criados en regiones consideradas por la Unión Europea, a través de la Decisión 89/21/CEE (3), libres de peste porcina africana y que la zona de procedencia de los mismos está declarada oficialmente libre de enfermedad vesicular del cerdo. Concretamente, los animales de los que provienen los jamones nacieron en la(s) provincia(s) de y fueron cebados en la(s) provincia(s) de

Expedido en el ........ de de 199....

Sello

Firma:

--------

(1) Certificado expedido de acuerdo con lo definido en la Resolución número 470, de 7 de marzo de 1994, de la División de Protección Pecuaria del SAG del Ministerio de Agricultura de Chile, en la que se fijan las exigencias sanitarias para la internación a Chile de jamón serrano desde España.

(2) Jamón serrano:

Materias primas: Extremidad posterior del cerdo, cortada en su parte superior por la sínfisis isquio-pubiana y en su parte inferior por la línea ósea inter-tarsiana o la articulación tibio-tarsiana cuando no lleva pie.

Condimentos: Sal común.

Fabricación: 1. Preparación. Separada la pieza de la canal y recortada siguiendo el contorno de las masas musculares, se conserva la piel perfilándola alrededor. Se someten a la salazón (un kilogramo de sal por pieza), frotando y prensando durante doce-quince días. El período de salazón se reduce cuando los jamones se apilan.

2. Curación. Secado y curado durante un tiempo variable que, como mínimo, ha de ser de seis meses (la maduración se reduce en ambiente controlado).

Presentación: Sin pie y con él. Recubiertos de corteza y tocino.

Consumo: Crudo.

(3) Quedan excluidas en sus envíos a Chile las provincias de Córdoba, Sevilla, Huelva, Cádiz y Málaga.

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