La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en grado de apelación, con fecha 29 de marzo de 1995, en el recurso de apelación número 9.617/1992, en el que son partes, de una, como apelante, don José Julián Ceñera Cantalapiedra, y de otra, como apelada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en fecha 26 de noviembre de 1991, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por don José Julián Ceñera Cantalapiedra, contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Quinta) de la Audiencia Nacional de 26 de noviembre de 1991, dictada en recurso número 500.155, cuya firmeza declaramos. Sin costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitu ción, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 27 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 25 de mayo de 1987, «Boletín Oficial del Estado» del 30), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid