La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 20 de diciembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 1.196/1991, en el que son partes, de una, como demandante, don Javier Escudero Santiuste, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 18 de marzo de 1991, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 29 de junio de 1990, sobre reingreso al servicio activo.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Javier Escudero Santiuste, en su propio nombre y derecho, contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de marzo de 1991, a la que la demanda se contrae, declaramos, que la resolución impugnada es conforme a Derecho, sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 27 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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