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Documento BOE-A-1995-25356

Resolución de 20 de octubre de 1995, de la Dirección General de Calidad y Seguridad Industrial, por la que se acredita al laboratorio de mecánica y nuevos materiales del Instituto Tecnológico de Aragón para la realización de los ensayos relativos a homologación de dispositivos mecánicos de acoplamiento para vehículos a motor y sus remolques, clases A, B, C y D.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 22 de noviembre de 1995, páginas 33844 a 33844 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1995-25356

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación presentada por don Armando Roy Yarza, en nombre y representación del Laboratorio de Mecánica y Nuevos Materiales del Instituto Tecnológico de Aragón, con domicilio social en la calle M.º de Luna, 8, 50015 Zaragoza;

Vistos el Real Decreto 2584/1981, de 18 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 3 de noviembre) por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones del Ministerio de Industria y Energía en el campo de la normalización y homologación, y el contenido de la Directiva 94/20/CE, de 30 de mayo de 1994, relativa a ensayos de homologación de dispositivos mecánicos de acoplamiento para vehículos a motor y sus remolques, clases A, B, C y D;

Considerando que el citado laboratorio dispone de los medios necesarios para realizar los ensayos correspondientes y que en la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Acreditar al Laboratorio de Mecánica y Nuevos Materiales del Instituto Tecnológico de Aragón para la realización de los ensayos relativos a homologación de dispositivos mecánicos de acoplamiento para vehículos a motor y sus remolques, clases A, B, C y D, según la Directiva 94/20/CE, de 30 de mayo de 1994, anteriormente citada, en lo que afecta a la competencia de este Ministerio.

Segundo.-La acreditación concedida estará sujeta a las condiciones particulares que se detallan en el expediente de concesión y se extenderá por un período de tres años, pudiendo su titular solicitar su prórroga dentro de los seis meses anteriores a la expiración de dicho plazo.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 20 de octubre de 1995.-El Director general, José Antonio Fernández Herce.

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