En el recurso contencioso-administrativo número 56/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Frigo, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 17 de julio de 1992, se ha dictado, con fecha 25 de abril de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Frigo, Sociedad Anónima", contra el Acuerdo de la Oficina de Patentes y Marcas de 17 de julio de 1992, sobre concesión de marca, por ser el mismo conforme a derecho. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de octubre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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