En el recurso contencioso-administrativo número 2.026-89 (antiguo 1.050-87), interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por don Francisco Santana Rivero, contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 17 de noviembre de 1986, se ha dictado, con fecha 31 de octubre de 1991, por el citado Tribunal, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Zulueta Cebrián, en nombre y representación de don Francisco Santana Rivero, debemos declarar y declaramos que es conforme a Derecho la resolución del Registro de la Propiedad Industrial que concedió la inscripción de la marca "La Palma Roja", en número 1.061.387 para la clase 29; sin costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de noviembre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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