Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-27548

Orden de 24 de noviembre de 1995 clasificando la fundación de Cooperación para el Desarrollo en Infraestructuras, Medio Ambiente, Equipamientos y Servicios (FCD), instituida en Madrid, como de beneficencia particular de carácter asistencial.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 22 de diciembre de 1995, páginas 36767 a 36767 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1995-27548

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente para la clasificación e inscripción de la Fundación de Cooperación para el Desarrollo en Infraestructuras, Medio Ambiente, Equipamientos y Servicios (FCD), instituida en Madrid, con domicilio en la calle Moreto, número 15.

Antecedentes de hecho

Primero.-Por el Patronato de la fundación, fue solicitada la clasificación e inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones.

Segundo.-Entre los documentos aportados para tal fin obra copia de la escritura de constitución de la fundación, debidamente liquidada por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, otorgada ante el Notario de Madrid don Isidoro Lora-Tamayo Rodríguez, el 28 de febrero de 1995, con el número 691 de su protocolo, donde constan los Estatutos por los que ha de regirse la fundación, el nombramiento de los cargos del Patronato y los bienes que constituyen su dotación. Asimismo, se acompaña otra escritura otorgada ante el mismo Notario de Madrid, el 6 de octubre de 1995, con el número 3.110 de su protocolo, por la que se modifican y subsanan los Estatutos de la fundación, conteniendo un nuevo texto de los mismos.

Tercero.-El objeto de la fundación queda determinado en el artícu lo 6.º de los Estatutos, en la siguiente forma:

«Constituye el fin primordial de la fundación potenciar la cooperación para el desarrollo en el campo de las infraestructuras, medio ambiente, equipamientos y servicios entre España e Iberoamérica y otras áreas geográficas.

Sus objetivos principales son:

1. Realizar estudios y proyectos de cooperación en Iberoamérica y otras áreas geográficas, en el campo de las infraestructuras, medio ambiente, equipamientos y servicios, financiados por organismos internacionales, Unión Europea y Cooperación Española.

2. Organizar seminarios, debates y mesas redondas sobre proyectos concretos de cooperación, así como visitas de responsables y técnicos iberoamericanos y de otras áreas geográficas a España con el fin de propiciar la participación española en los mismos.

3. Organizar cursos de formación y perfeccionamiento.

4. Transferir experiencias de cooperación entre las empresas partícipes y cuantas otras estén interesadas en la cooperación para el desarrollo.

5. Colaborar con otras instituciones y fundaciones en:

La creación de fondos de cooperación para el desarrollo de proyectos de infraestructuras, medio ambiente, equipamientos y servicios en Iberoamérica y otras áreas geográficas.

El desarrollo de un centro de Documentación Socioeconómica sobre Iberoamérica y otras áreas geográficas.

El envío de técnicos cooperantes a Iberoamérica y otras áreas geográficas así como trabajo en prácticas de técnicos en empresas españolas.»

Cuarto.-El Patronato de la fundación está constituido por los siguientes miembros, con aceptación de su cargos:

Miembros natos:

Don Antonio Llardén Carratalá, Subsecretario del MOPTMA, por razón de su cargo.

Doña Ana María Ruiz Tagle, Presidenta de AECI, por razón de su cargo.

Don Apolonio Ruiz Ligero, Presidente del ICEX, y Secretario de Estado, por razón de su cargo.

Don César Cañedo Argüelles, Presidente de Tecniberia, por razón de su cargo.

Don Xavier Valls i Serra, Presidente de AVS, por razón de su cargo.

Don Juan Antonio Fernández del Campo Cuevas, Presidente de la AEC, por razón de su cargo.

Don Federico Roberto Cuñat Arias, Presidente de «Focoes, Sociedad Anónima», por razón de su cargo.

Don José Luis González-Haba González, Presidente de SEPES, por razón de su cargo.

Don Fernando Palao Taboada, Presidente de Puertos del Estado, por razón de su cargo.

Don Manuel Abejón Adámez, Presidente de AENA, por razón de su cargo.

Miembro electivo:

Don Julián Campo Sainz de Rozas.

Se designa Presidente del Patronato a don Julián Campo Sainz de Rozas, y como Vicepresidente a don Antonio Llardén Carratalá.

Quinto.-La dotación inicial de la fundación es de 10.600.000 pesetas, depositadas en una entidad bancaria a nombre de la fundación.

Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación queda recogido en los Estatutos por los que se rige, constando expresamente el carácter gratuito de los cargos del Patronato, estando dicho órgano de gobierno obligado a la rendición de cuentas y presentación de presupuestos al Protectorado.

Séptimo.-Sometido el expediente al preceptivo informe del Servicio Jurídico del Departamento, éste es facilitado en sentido favorable, pudiéndose acceder a la clasificación solicitada.

Vistos la Constitución española; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre; los Reales Decretos de 8 de abril de 1985, 11 y 20 de julio de 1988, y la Orden de 17 de marzo de 1994.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Subsecretaría es competente para resolver el presente expediente en uso de la atribuciones que, en orden al ejercicio del Protectorado del Gobierno sobre la fundaciones de beneficencia particular, tiene delegadas de la titular del Departamento por el apartado primero de la Orden de 17 de marzo de 1994 («Boletín Oficial del Estado» núme ro 71), en relación con los Reales Decretos 530/1985, de 8 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 98); 727/1988, de 11 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 166), por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales; 791/1988, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 176), por el que se determina la estructura orgánica inicial del Ministerio de Asuntos Sociales; el artículo 7.º, apartado 1.º, de la Instrucción de Beneficencia de 14 de marzo de 1899, en el que se establece que corresponde al Protectorado del Gobierno la facultad de clasificar las instituciones de beneficencia; la disposición derogatoria única de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 282), que establece que quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a la citada Ley en el Real Decreto e Instrucción de Beneficencia de 14 de marzo de 1899, y la disposición transitoria cuarta de la Ley 30/1994, que dispone que, en tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones a que se refiere el artículo 36 de dicha Ley, subsistirán los Registros de Fundaciones actualmente existentes.

Segundo.-La fundación persigue fines de interés general de asistencia social, conforme al artículo 2.º de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre.

Tercero.-La dotación de la fundación, descrita en el antecedente de hecho quinto de la presente Orden, se considera inicialmente suficiente para el cumplimiento de sus fines.

Cuarto.-La documentación aportada reúne los requisitos exigidos en los artículos 8.º, 9.º y 10 de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre.

Quinto.-Solicitado el preceptivo informe del Servicio Jurídico del Departamento, éste ha sido facilitado en sentido favorable.

Por cuanto antecede, este Departamento ha dispuesto:

Primero.-Clasificar como de asistencia social a la fundación de Cooperación para el Desarrollo en Infraestructuras, Medio Ambiente, Equipamientos y Servicios (FCD), instituida en Madrid.

Segundo.-Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales.

Tercero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones las aceptaciones del cargo de patrono de las personas relacionadas en el antecedente de hecho cuarto de la presente Orden, como miembros del patronato de la fundación.

Cuarto.-Que de esta Orden se den los traslados reglamentarios.

Madrid, 24 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 17 de marzo de 1994), el Subsecretario, Javier Valero Iglesias.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid