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Documento BOE-A-1995-27549

Orden de 24 de noviembre de 1995 clasificando la fundación «Aldebarán», instituida en Palencia, como de beneficencia particular de carácter asistencial.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 22 de diciembre de 1995, páginas 36768 a 36768 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1995-27549

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente para la clasificación e inscripción de la fundación «Aldebarán», instituida en Palencia, con domicilio en la calle Mayor, número 138, 2.º B, de dicha capital.

Antecedentes de hecho

Primero.-Por el Patronato de la fundación, fue solicitada la clasificación e inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones.

Segundo.-Entre los documentos aportados para tal fin obra copia de la escritura de constitución de la fundación, debidamente liquidada por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, otorgada ante el Notario de Palencia don Julio Herrero Ruiz, el 1 de junio de 1995, con el número 1.585 de su protocolo, donde constan los Estatutos por los que ha de regirse la fundación, el nombramiento de los cargos de Patronato y los bienes que contituyen su dotación. Asimismo, acompaña otra escritura otorgada ante el mismo Notario de Palencia, el 19 de septiembre de 1995, con el número 2.402 de su protocolo, por la que se subsana el párrafo primero del apartado «Tercero» del otorgan, de la escritura anteriormente citada, relativo a la dotación inicial, y se modifican los artículos 24 y 34 de los Estatutos.

Tercero.-El objeto de la Fundación queda determinado en el artícu lo 6.º de los Estatutos, en la siguiente forma:

«La Fundación tiene por objeto la atención a personas que precisen asistencia y servicio socio-sanitarios, preferentemente marginados y toxicómanos.»

Cuarto.-El patronato de la fundación está constituido, según consta en la escritura fundacional, por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Asociación «Aldebarán Palencia», representada por don Jesús Millán Holgueras Velasco.

Asociación «Aldebarán Cantabria», representada por don Jesús Ricardo Mozota Ortiz.

Asociación «Aldebarán Cataluña», representada por don Alvaro Ramírez de Lara.

Don Esteban Rodríguez García.

Don Jesús Aparicio Ordás.

Don Jesús Millán Holgueras Velasco.

Don Jesús Mozota Ortiz.

Don Alvaro Ramírez de Lara.

Los miembros del Patronato designan los cargos que han de ostentar, y que son los siguientes:

Presidente: Don Jesús Millán Holgueras Velasco.

Vicepresidente: Don Jesús Ricardo Mozota Ortiz.

Secretario: Don Alvaro Ramírez de Lara.

Vocales:

Don Esteban Rodríguez García.

Don Jesús Aparicio Ordás.

Quinto.-La dotación inicial de la fundación es de 97.800.000 pesetas, de los cuales 47.000.000 de pesetas se encuentran depositadas en una entidad bancaria a nombre de la fundación, y los restantes 50.000.000 de pesetas corresponden a bienes inmuebles.

Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación queda recogido en los Estatutos por los que se rige, constando expresamente el carácter gratuito de los cargos del Patronato, estando dicho órgano de gobierno obligado a la rendición de cuentas y presentación de presupuestos al Protectorado.

Séptimo.-Sometido el expediente al preceptivo informe del Servicio Jurídico del Departamento, éste es facilitado en sentido favorable, pudiéndose acceder a la clasificación solicitada.

Vistos la Constitución española; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre; los Reales Decretos de 8 de abril de 1985, 11 y 20 de julio de 1988, y Orden de 17 de marzo de 1994.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Subsecretaría es competente para resolver el presente expediente en uso de las atribuciones que, en orden al ejercicio del Protectorado del Gobierno sobre las fundaciones de beneficencia particular, tiene delegadas de la titular del Departamento por el apartado primero de la Orden de 17 de marzo de 1994 («Boletín Oficial del Estado» núme ro 71), en relación con los Reales Decretos 530/1985, de 8 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 98); 727/1988, de 11 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 166), por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales; 791/1988, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 176), por el que se determina la estructura orgánica inicial del Ministerio de Asuntos Sociales; el artículo 7.º, apartado 1.º, de la Instrucción de Beneficencia de 14 de marzo de 1899, en el que se establece que corresponde al Protectorado del Gobierno la facultad de clasificar las instituciones de beneficencia; la disposición derogatoria única de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 282), que establece que quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a la citada Ley en el Real Decreto e Instrucción de Beneficencia de 14 de marzo de 1899, y la disposición transitoria cuarta de la Ley 30/1994, que dispone que, en tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones a que se refiere el artículo 36 de dicha Ley, subsistirán los Registros de Fundaciones actualmente existentes.

Segundo.-La fundación persigue fines de interés general de asistencia social, conforme el artículo 2.º de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre.

Tercero.-La dotación de la fundación, descrita en el antecedente de hecho quinto de la presente Orden, se considera inicialmente suficiente para el cumplimiento de sus fines.

Cuarto.-La documentación aportada reúne los requisitos exigidos en los artículos 8.º, 9.º y 10 de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre.

Quinto.-Solicitado el preceptivo informe del Servicio Jurídico del Departamento, éste ha sido facilitado en sentido favorable.

Por cuanto antecede, este Departamento ha dispuesto:

Primero.-Clasificar, como de asistencia social, a la fundación »Aldebarán», instituida en Palencia.

Segundo.-Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales.

Tercero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones las aceptaciones del cargo de patrono de las personas, relacionadas en el antecedente de hecho cuarto de la presente Orden, como miembros del patronato de la fundación.

Cuarto.-Que de esta Orden se den los traslados reglamentarios.

Madrid, 24 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 17 de marzo de 1994), el Subsecretario, Javier Valero Iglesias.

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