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Documento BOE-A-1995-3001

Orden de 10 de enero de 1995 por la que se modifica la de 23 de noviembre de 1994 por la que autoriza el pago de subvenciones o ayudas económicas a Profesores auxiliares de Conversación extranjeros con destino en centros públicos de enseñanza españoles.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 1995, páginas 3571 a 3571 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-3001

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de los Convenios de Cooperación Cultural y Educativa entre España, por un lado, y Austria, Bélgica, Francia, Irlanda, Italia, República Federal de Alemania y Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otro, se viene realizando anualmente un intercambio de Auxiliares de Conversación de Idiomas con destino en centros de enseñanza secundaria y Escuelas Universitarias de los citados países.

De acuerdo con la práctica internacional establecida los Auxiliares de Conversación españoles, con destino en los países citados, perciben una ayuda económica mensual con cargo a los presupuestos de las Administraciones de los países anfitriones; recíprocamente los Auxiliares extranjeros seleccionados en sus países de origen y destinados en España perciben una ayuda mensual con cargo a los presupuestos de la Administración Española.

Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 8 de noviembre de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 15) para aquellos supuestos en que las ayudas o subvenciones, por razón de su naturaleza o finalidad, no sean susceptibles de convocatoria pública por concurso, como ocurre en el caso que aquí se contempla, pues los beneficiarios de las ayudas son seleccionados en sus países de origen y propuestos como Auxiliares de Conversación por los mismos,

Este Ministerio ha dispuesto:

1. Modificar la Orden de esta Subsecretaría, de fecha 23 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 29 de diciembre), en el sentido de que la concesión de las ayudas queda establecida en 90.000 pesetas mensuales durante el año 1995, para cada uno de los 440 Auxiliares de Conversación de idiomas extranjeros destinados en España en centros públicos de enseñanza, siendo la finalidad de ésta la promoción del conocimiento de lenguas extranjeras entre los estudiantes españoles de enseñanza secundaria y el mejoramiento del conocimiento del español por parte de los Auxiliares de Conversación extranjeros.

2. Dichas ayudas, por un importe total de 316.800.000 pesetas, serán imputadas al crédito 18.02.134A.480 del presupuesto del año 1995 y libradas «a justificar» al Habilitado Pagador del Ministerio para su transferencia a los beneficiarios.

Madrid, 10 de enero de 1995.-P. D. (Orden de 2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Juan Ramón García Secades.

Ilmo. Sr. Secretario general técnico del Departamento.

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