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Documento BOE-A-1995-6449

Orden de 10 de febrero de 1995 por la que se modifica la de 17 de septiembre de 1993, que autorizaba la apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional Específica «Centro Cultural Ibercaja», de Guadalajara, procediendo a especificar los ciclos formativos concretos que el centro impartirá y la capacidad máxima del mismo, así como autorizar el cambio de denominación del mismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 14 de marzo de 1995, páginas 8208 a 8209 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-6449

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de don José Morales Paules, en nombre y representación de la entidad «Ibercaja», en solicitud de especificación de enseñanzas autorizadas del centro de Formación Profesional Específica «Arriaca» y cambio de denominación del mismo, sito en la calle Capitán Arenas, sin número, de Guadalajara,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7.º 3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la Orden de 17 de septiembre de 1993 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional Específica «Arriaca», procediendo a especificar los ciclos formativos concretos que el centro impartirá y la capacidad máxima del mismo, así como autorizando el cambio de denominación del mismo, quedando configurado el centro de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica. Denominación específica: «Centro Cultural Ibercaja». Domicilio: Calle Capitán Arenas, sin número. Localidad: Guadalajara. Municipio: Guadalajara. Provincia: Guadalajara. Titular: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y La Rioja (Ibercaja).

Enseñanzas que se autorizan:

Técnico Superior en Secretariado.

Capacidad:

Número de grupos: 1. Número de puestos escolares: 30.

Técnico Superior en Administración y Finanzas:

Capacidad:

Número de grupos: 1. Número de puestos escolares: 30.

Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos:

Capacidad:

Número de grupos: 1. Número de puestos escolares: 30.

Técnico Superior en Gestión Comercial y Marketing:

Capacidad:

Número de grupos: 1. Número de puestos escolares: 30.

Técnico Superior en Información y Comercialización Turísticas:

Capacidad:

Número de grupos: 1. Número de puestos escolares: 30.

Segundo.-Con carácter previo a la implantación de las nuevas enseñanzas, el centro deberá comunicar a la Dirección Provincial del Departamento dicha circunstancia y ésta deberá comprobar que las titulaciones y el equipamiento didáctico del mismo se ajustan a las condiciones establecidas en los anexos que acompañan a esta Orden.

Tercero.-Provisionalmente y en tanto se implanten las enseñanzas definitivas con arreglo al nuevo sistema educativo, el centro podrá impartir las siguientes enseñanzas:

Formación Profesional de segundo grado (rama Administrativa y Comercial).

Especialidades: Informática de Empresa y Contabilidad.

Curso de Enseñanzas Complementarias.

Capacidad: Siete unidades equivalentes a 280 puestos escolares.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1994, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 10 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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