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Documento BOE-A-1995-8177

Resolución de 6 de marzo de 1995, de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso número 299/94-l.z, interpuesto por don Isidro Colon Duran.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 4 de abril de 1995, páginas 10160 a 10161 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-8177

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 299/94-L.Z, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía; a instancia de don Isidro Colón Durán, contra resolución de la Dirección General de Administración Penitenciaria desestimatoria sobre reconocimiento y abono de todos los trienos devengados en la Función Pública con arreglo a la cantidad vigente para el Cuerpo de su actual pertenencia, ha recaído sentencia de fecha 30 de septiembre de 1994, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que no ha lugar a estimar el recurso deducido por don Isidro Colón Durán, contra las resoluciones objeto de la presente, sin que proceda el percibo de los trienos perfeccionados en la cuantía señalada al grupo al que actualmente se pertenece. Sin costas.»

En virgud de lo que antecede, esta Secretaría de Estado ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.

Lo que digo a V. I., para su conocimiento y efectos.

Madrid, 6 de marzo de 1995.-P. D., El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.

Sr. Subdirector general de Personal.

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