En el recurso contencioso-administrativo número 322/1992, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por don Juan José Murcia Vela, contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 6 de julio de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por don Juan José Murcia Vela, representado por el Procurador de los Tribunales don Victorio Venturini Medina, contra la resolución de 23 de noviembre de 1990 de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, que evaluó negativamente el tramo 1.º de los solicitados, y contra la resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, de 15 de julio de 1992, que desestimó el recurso de alzada, debemos anular y anulamos las citadas resoluciones, por ser contrarias al Ordenamiento Jurídico, en lo relativo a la mencionada valoración negativa, confirmándolas en cuanto a la valoración positiva que contienen, reponiendo las actuaciones administrativas al trámite en que se produjo la infracción, a fin de que la indicada Comisión Nacional proceda a evaluar, nuevamente, el tramo objeto del recurso, razonando y motivando adecuadamente la decisión que adopte con arreglo a los criterios y principios establecidos en la Orden de 5 de febrero de 1990; sin hacer imposición de costas. Notifíquese esta resolución conforme al artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciendo saber que, contra la misma, no procede recurso ordinario alguno.»
Dispuesto por Orden de 24 de enero de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia, en sus propios términos, esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma, para general conocimiento.
Madrid, 21 de marzo de 1995.-El Presidente de la Comisión, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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