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Documento BOE-A-1995-8288

Resolución de 21 de marzo de 1995, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Ectividad Investigadora, por la que se hace pública la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, en el recurso contencioso-administrativo número 2704/92, interpuesto por don Roberto Hernández Marco.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 5 de abril de 1995, páginas 10265 a 10265 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-8288

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 2704/92, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, interpuesto por don Roberto Hernández Marco, contra la Administración del Estado sobre evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 30 de septiembre de 1994, cuyo fallo es el siguiente:

«Primero.-Rechazar la solicitud del señor Abogado del Estado, referente a la remisión de los presentes autos a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Segundo.-Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Roberto Hernández Marco, contra resolución del Secretario de Estado de Universidades e Investigación, de 30 de julio de 1992, por la que se desestima el recurso de alzada formulado por el actor contra resolución de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (creada en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre Retribuciones del Profesorado Universitario) de fecha 23 de noviembre de 1990, sobre evaluación de su actividad investigadora en el período 1972 a 1989.

Tercero.-Declarar contrarios a derecho, y, en su consecuencia, anular y dejar sin efecto los actos impugnados.

Cuarto.-Reconocer, como situación jurídica individualizada, el derecho del recurrente a obtener de la Administración una resolución motivada con relación a la evaluación de los tramos de su actividad investigadora, valorados negativamente en los actos impugnados.

Quinto.-No efectuar expresa imposición de costas.»

Dispuesto por Orden de 24 de enero de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos, esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.

Madrid, 21 de marzo de 1995.-El Presidente de la Comisión, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.

Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.

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