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Documento BOE-A-1996-10043

Resolución de 29 de marzo de 1996, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 168/1993, promovido por «Syntex Latino, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 1996, páginas 15747 a 15747 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1996-10043

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 168/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Syuntex Latino, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 15 de abril de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 2 de octubre de 1992, se ha dictado, con fecha 22 de septiembre de 1995, por el citado Tribunal sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora señora Ortiz Cornago, en representación de la entidad "Syntex Latino, Sociedad Anónima", contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 15 de abril de 1991, confirmada en reposición por la de 2 de octubre de 1992, que denegó la inscripción de la marca internacional número 528.450, "Edit" (clase 9), por un motivo distinto a las marcas oponentes números 660.436 y 660.437, "Emit" (clases 9 y 10), y concedió la inscripción de dicha marca en la clase 10, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones disconformes con el ordenamiento jurídico, anulándolas y acordando, en consecuencia, la denegación de la inscripción de la marca internacional número 528.450, "Edit", para los productos reivindicados de las clases 9 y 10 del Nomenclátor, en el primer caso también por incompatibilidad con la marca oponente número 660.437, "Emit" (clase 9).

Todo ello sin hacer especial imposición de las costas causadas.»

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 29 de marzo de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.

Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

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