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Documento BOE-A-1996-10391

Orden de 26 de abril de 1996 por la que se convoca y regula el X Premio «Alimentos de España», en la modalidad de prensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 9 de mayo de 1996, páginas 16340 a 16341 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1996-10391

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene encomendada la misión de promocionar y fomentar la calidad de los productos agroalimentarios, a través de la Secretaría General de Alimentación, para lo que viene realizando acciones de formación e información bajo el concepto genérico «Alimentos de España».

Es evidente la importancia que la prensa puede tener en la difusión del conocimiento de estos productos. Por todo ello, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

Con el fin de fomentar la realización de trabajos periodísticos en todos los medios de información relacionados con la naturaleza, producción, transformación, comercialización, propiedades, valor nutritivo y gastronomía de productos agroalimentarios, como medida de apoyo a las acciones sobre «Alimentos de España», que desarrolla la Secretaría General de Alimentación y que complemente los objetivos básicos de fomento de la calidad de nuestros alimentos, se convoca para 1996 los X Premios de Prensa «Alimentos de España».

Artículo 2. Beneficiarios.

Podrán optar a estos premios todos los trabajos publicados en prensa o emitidos por radio o televisión.

Artículo 3. Dotación.

Atendiendo a los objetivos marcados, los premios tendrán dos modalidades:

1. Se concederá un premio de prensa dotado con placa de plata con el distintivo «Alimentos de España» y 500.000 pesetas a la mejor labor informativa continuada relacionada con los «Alimentos de España».

Este premio se podrá conceder a un periodista individual o a un medio informativo de prensa, radio o televisión, bien en su conjunto, bien para un programa determinado.

2. Se concederá un premio de prensa dotado con placa de plata con el distintivo «Alimentos de España» y 250.000 pesetas al mejor reportaje publicado entre el 1 de enero y el 14 de octubre del presente año, sobre cualquier actividad productiva comercial, de consumo o gastronómica relacionada con los «Alimentos de España».

Este premio, al igual que el anterior, se podrá conceder a una persona o a un medio informativo, si el reportaje en cuestión no aparece firmado.

Artículo 4. Presentación de trabajos.

Los trabajos se dirigirán a la Secretaría General de Alimentación y deberán tener entrada en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o en algunos de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo constar en el envío la siguiente leyenda: «X Premio de Prensa sobre Alimentos de España».

Artículo 5. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 15 de octubre de 1996.

Artículo 6. Selección.

1. Para la concesión del premio se formará un jurado, presidido por la Secretaria General de Alimentación o persona en quien delegue, e integrado por dos representantes de la Secretaría General de Alimentación, un representante de los Servicios Informativos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y dos profesionales de reconocido prestigio del sector periodístico. Como Secretario, actuará un representante de la Dirección General de Política Alimentaria.

2. El Jurado realizará una labor de seguimiento de los trabajos en los distintos medios de difusión nacionales y extranjeros y analizará las distintas actuaciones.

3. El Jurado tendrá amplias facultades para dividir el premio, declararlo desierto o tomar cualquier otra decisión que estime oportuna, manteniendo siempre una cantidad total máxima de 750.000 pesetas para el conjunto de premios.

Artículo 7. Resolución.

El Jurado elevará su propuesta sobre la concesión del premio a la Secretaría General de Alimentación que dictará la resolución correspondiente, de acuerdo con la Orden de 14 de marzo de 1995 sobre delegación de atribuciones en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y se hará pública mediante la inserción en el tablón de anuncios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y notificación a los premiados.

La resolución se dictará antes del 5 de noviembre de 1996. Agotado dicho plazo sin resolución expresa, se entenderá que ninguna de las candidaturas será galardonada.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, conforme a la Ley de 27 de diciembre de 1956, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Artículo 8. Entrega de premios.

La entrega de los premios se hará en un acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia y solemnidad adecuada.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de abril de 1996.

ATIENZA SERNA

Ilma. Sra. Secretaria general de Alimentación e Ilmo. Sr. Director general de Política Alimentaria. Departamento.

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