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Documento BOE-A-1996-10392

Orden de 26 de abril de 1996 por la que se convoca y regula el Premio de Fotografia 1996 «Alimentos de España».

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 9 de mayo de 1996, páginas 16341 a 16342 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1996-10392

TEXTO ORIGINAL

El ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene encomendada la misión de promocionar y fomentar la calidad de los productos agroalimentarios, a través de la Secretaría General de Alimentación, para lo que viene realizando acciones de formación e información bajo el concepto genérico «Alimentos de España».

Para contribuir a la consecución de estos objetivos, se convoca para 1996 el Premio de Fotografía «Alimentos de España», con carácter anual, para trabajos fotográficos sobre aspectos relacionados con los alimentos, que se regirá por las siguientes bases:

Articulo 1. Objeto.

Este Premio se convoca para fomentar la realización de trabajos fotográficos relacionados con la producción, transformación y gastronomía de productos agroalimentarios como medida de apoyo y difusión a las acciones sobre «Alimentos de España», que desarrolla la Secretaría General de Alimentación y que complemente los objetivos básicos de fomento de la calidad de nuestros alimentos.

Artículo 2. Beneficiarios.

Podrán optar a dicho Premio todas las personas de nacionalidad o residencia española.

Artículo 3. Dotación.

Primer premio, placa de plata con el distintivo «Alimentos de España», y 150.000 pesetas. Segundo premio, placa de plata con el distintivo «Alimentos de España», y 100.000 pesetas.

Artículo 4. Presentación de trabajos.

Las fotografías serán inéditas y originales, podrán presentarse sin límite de número y versarán siempre sobre aspectos relacionados con los alimentos o la alimentación.

Las obras deberán ser presentadas en color, en copias sobre papel en tamaño único 18 x 24, acompañadas de los negativos.

Deberán enviarse debidamente protegidas y sin enrollar. Al dorso de cada fotografía deberá figurar en letras mayúsculas el nombre y apellidos del autor.

Los trabajos se dirigirán a la Secretaría General de Alimentación y deberán tener entrada en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se hará constar en el envío: Premio de fotografía sobre «Alimentos de España».

Artículo 5. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 15 de octubre de 1996.

Artículo 6. Reconocimiento.

La participación en el presente concurso significa el reconocimiento y la aceptación por parte del autor, del derecho en exclusiva del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación de editar, publicar y difundir las obras premiadas, respetando la paternidad de la obra y haciendo constar, en caso de publicación, su autoría.

Artículo 7. Devolución de trabajos.

Una vez finalizado el concurso, se devolverán a sus autores toda obra no premiada y cuya devolución sea solicitada en el momento de la presentación. Para ello será imprescindible enviar junto con las fotografías un sobre debidamente cumplimentado con sus señas y el franqueo correspondiente. La Secretaría General de Alimentación no se responsabiliza de ninguna devolución que no se ajuste a estos requisitos o a la normativa de Correos, ni tampoco de posibles pérdidas o daños en las obras.

Artículo 8. Selección.

Para la concesión del premio se formará un jurado, presidido por la Secretaria General de Alimentación o persona en quien delegue, e integrado por dos profesionales del sector de la imagen, un representante de los Servicios Informativos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un representante de la Vicesecretaría General Técnica y un representante de la Dirección General de Política Alimentaria, quien actuará como Secretario.

El Jurado tendrá amplias facultades para dividir el premio, declararlo desierto o tomar cualquier otra decisión que estime oportuna, manteniendo siempre una cantidad total máxima de 250.000 pesetas para el conjunto de premios.

Artículo 9. Resolución.

El Jurado elevará su propuesta sobre la concesión del premio a la Secretaria General de Alimentación que dictará la resolución correspondiente, de acuerdo con la Orden de 14 de marzo de 1995 sobre delegación de atribuciones en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y se hará pública mediante la inserción en el tablón de anuncios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y notificación a los premiados.

La resolución se dictará antes del 5 de noviembre de 1996. Agotado dicho plazo sin resolución expresa, se entenderá que ninguna de las candidaturas presentadas será galardonada.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo conforme a la Ley de 27 de diciembre de 1956, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Artículo 10. Entrega del Premio.

La entrega del premio se hará en un acto público, convocado al efecto, y dotado de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuada.

Disposición final. Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de abril de 1996.

ATIENZA SERNA

Ilma. Sra. Secretaria general de Alimentación e Ilmo. Sr. Director general de Política Alimentaria. Departamento.

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