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Documento BOE-A-1996-12267

Orden de 12 de abril de 1996 por la que se extingue la autorización por cese de actividades de las enseñanzas de Bachillerato en el Centro de Educación Secundaria «San Juan de Dios», de Ciempozuelos (Madrid), y se autoriza con la nueva distribución de sus instalaciones al Centro de Formación Profesional Específica denominado «San Juan de Dios», de Ciempozuelos (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 30 de mayo de 1996, páginas 18297 a 18297 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-12267

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de la titularidad del Centro de Educación Secundaria «San Juan de Dios», situado en la carretera de Chinchón, sin número, Ciempozuelos (Madrid), solicitando la extinción por cese de actividades de las enseñanzas de Bachillerato y el cambio de distribución de espacios destinados a ciclos formativos de grado medio,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 14 y 15.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-La extinción de la autorización por cese de actividades de las enseñanzas de Bachillerato del Centro de Educación Secundaria «San Juan de Dios», sito en la carretera de Chinchón, sin número, de Ciempozuelos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, la extinción de la autorización surtirá efectos a partir del curso 1996-1997.

Segundo.-Autorizar, con la nueva distribución de sus instalaciones, el Centro de Formación Profesional Específica «San Juan de Dios», quedando configurado de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación genérica: «San Juan de Dios».

Domicilio: Carretera de Chinchón, sin número.

Localidad: Ciempozuelos.

Municipio: Ciempozuelos.

Provincia: Madrid.

Titular: Orden Hospitalaria de San Juan de Dios.

Enseñanzas autorizadas: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Capacidad: Número de grupos, tres; puestos escolares, 90.

Tercero.-Provisionalmente, hasta la implantación definitiva del ciclo formativo de Cuidados Auxiliares de Enfermería, el centro queda autorizado para impartir las siguiente enseñanzas: Formación Profesional de primer grado, rama Sanitaria, profesión Auxiliar de Clínica.

Cuarto.-El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/1991, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 12 de abril de 1996.-P. D. (Orden de 22 de marzo de 1996), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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