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Documento BOE-A-1996-12739

Resolución de 10 de mayo de 1996, de la Dirección General de Personal y Servicios, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento, del fallo de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Rosa Delgado Megía y doña Monserrat Garrigo Estruch.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 5 de junio de 1996, páginas 18725 a 18725 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-12739

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 1 de marzo de 1996, referente a la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el 6 de julio de 1995, relativa al recurso número 1363/1992, interpuesto por las Maestras doña Rosa Delgado Megía y doña Monserrat Garrigo Estruch, contra la Resolución de 6 de junio de 1991, de la Dirección General de Personal y Servicios, así como contra la desestimación del recurso de reposición formulado contra aquélla,

Esta Dirección General ha dispuesto la publicación del fallo, cuyo texto literal es el siguiente:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor Dávila Sánchez, actuando en nombre y representación de doña Rosa Delgado Megía y doña Monserrat Garrigo Estruch, contra la Resolución de la Dirección General de Personal y Servicios del Ministerio de Educación y Ciencia, de 6 de junio de 1991, por la que se resolvió el concurso convocado por Orden de 21 de enero de 1991, así como contra la de 16 de octubre de 1992, por la que se desestimó el recurso de reposición formalizado contra la misma, debemos declarar y declaramos el derecho que asiste a las recurrentes a ser incluidas en las listas definitivas de Maestros admitidos al concurso para provisión de puestos singulares de Educación Permanente de Adultos convocado por Orden de 23 de enero de 1991, con los efectos inherentes a dicha declaración, todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»

Madrid, 10 de mayo de 1996.-El Director general, Adolfo Navarro Muñoz.

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