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Documento BOE-A-1996-12740

Resolución de 22 de abril de 1996, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se hace pública la relación de alumnos beneficiarios de beca-colaboración durante el curso académico 1995/1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 5 de junio de 1996, páginas 18726 a 18762 (37 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-12740

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en la Orden de 30 de mayo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de junio) por la que se convocan las ayudas al estudio de carácter especial denominadas beca-colaboración para el curso académico 1995/1996, y a propuesta de los Jurados de Selección de Becarios constituidos al efecto,

Esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero.-Hacer pública en el anexo a esta Resolución la relación de alumnos beneficiarios de beca-colaboración durante el curso académico 1995/1996, dotada con 350.000 pesetas cada una.

Segundo.-Las solicitudes de los alumnos que no figuren relacionados en el citado anexo se considerarán denegadas.

Tercero.-Los beneficiarios de esta ayuda quedan obligados a:

a) Acreditar el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas para la concesión y disfrute de la ayuda.

b) Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de concesión de la ayuda.

c) Seguir durante el curso académico 1995/1996 por enseñanza oficial los estudios en los que se encuentran matriculados.

d) Prestar su colaboración durante tres horas diarias y hasta el 30 de junio de 1996 en el departamento correspondiente, sometiéndose al régimen de trabajo y horario en los términos previstos en el proyecto de colaboración.

Cuarto.-La ayuda concedida es incompatible con cualquier otra beca o ayuda al estudio de carácter público o privado, excepto con las becas y ayudas al estudio de carácter general convocadas por Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 15 de junio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 29).

Quinto.-Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», recurso ordinario ante el Ministro de Educación y Ciencia que se sustanciará por delegación de éste por el Secretario de Estado de Educación y que se presentará en la Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio, sita en la calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid.

Sexto.-Las ayudas se abonarán con cargo al crédito 18.12.423A.484 del presupuesto del Ministerio de Educación y Ciencia.

La presente Resolución deberá hacerse pública en los tablones de anuncios de las unidades de becas de todas las universidades.

Madrid, 22 de abril de 1996.-P. D. (1 de marzo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 2), el Director general de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa, Francesc Colomé i Montserrat.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Becas y Ayudas al Estudios y Sres. Presidentes de los Jurados de Selección de Becarios de las Universidades.

(ANEXO OMITIDO)

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