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Documento BOE-A-1996-13848

Orden de 24 de mayo de 1996 por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo, en el recurso de apelación número 3.106/1992, interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 450-b/89, promovido por don Juan de Dios Coca Herrador.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 15 de junio de 1996, páginas 19907 a 19907 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1996-13848

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 9 de julio de 1991, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictó sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 450-B/89, promovido por don Juan de Dios Coca Herrador, sobre reducción de jornada y retribuciones; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que previo rechazar la causa de inadmisibilidad y de extemporaneidad opuesta la demanda, basada en la Orden de 17 de julio de 1989, y entrando en el fondo del recurso contencioso-administrativo, promovido por don Juan de Dios Coca Herrador, representado por el Letrado don Carlos Iglesias Selgas, contra las resoluciones del Director general de Relaciones Agrarias (IRA), denegatorias por silencio administrativo de las reclamaciones del interesado, sobre el restablecimiento de la jornada laboral y derecho a determinadas retribuciones incluido el complemento de dedicación especial, así como el abono de diferencias por diversos conceptos; debemos declarar y declaramos ajustadas a derecho tales resoluciones de la Dirección del IRA, y en su virtud, las confirmamos absolviendo a la Administración de las pretensiones formuladas; sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»

Habiéndose interpuesto recurso de apelación por la parte recurrente, el Tribunal Supremo, con fecha 29 de septiembre de 1994, dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto en nombre y representación de don Juan de Dios Coca Herrador, contra la sentencia dictada el 9 de julio de 1991, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Sexta) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recaída en el recurso seguido con el número 450 del año 1989, sobre reducción de jornada y retribuciones de funcionarios que pertenecieron a las extinguidas Hermandades Sindicales de Labradores y Ganaderos; sin costas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 24 de mayo de 1996.-P. D. (Real Decreto 839/1996, y Orden de 14 de marzo de 1995), el Subsecretario, Nicolás López de Coca Fernández Valencia.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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