La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 19 de febrero de 1996 en el recurso contencioso-administrativo número 669/1995, interpuesto por doña Adela Miras Rodríguez contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 10 de febrero de 1994, que desestimó el recurso de reposición planteado contra otra de 3 de noviembre de 1993, que le denegó su solicitud de reconocimiento del derecho a percibir el complemento específico fijado para los puestos de trabajo de nivel D.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Adela Miras Rodríguez contra las resoluciones impugnadas a las que la demanda se contrae, declaramos que las mismas son conformes a derecho, sin hacer expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 28 de mayo de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.
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