Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Octava) de la Audiencia Nacional, el recurso número 8/0000517/1995, interpuesto por el Letrado don José Manuel Dávila Sánchez, en nombre y representación de don Antonio Arturo Sánchez González, contra Orden de Justicia de 21 de junio de 1993 por la que se dispuso la clausura del Centro Penitenciario de Toledo, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Octava) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 16 de enero de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: En atención a lo expuesto, la Sala ha decidido:
Primero.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Antonio Arturo Sánchez González contra la Orden del Ministerio de Justicia de 21 de junio de 1993, de que se hizo suficiente mérito, por entender que es conforme a derecho.
Segundo.-Desestimar las demás pretensiones del actor.
Tercero.-No hacer especial pronunciamiento sobre costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 21 de junio de 1996.-El Director general, Angel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
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