En el recurso contencioso-administrativo número 33/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Chesebrough Pond's Inc.», contra las Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 1 de marzo de 1990 y 20 de febrero de 1992, se ha dictado, con fecha 13 de febrero de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto en nombre y representación de "Chesebrough Pond's Inc.", contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo del Registro de la Propiedad Industrial, de fecha 1 de marzo de 1990, por el que se concedió la marca española número 1.207.603 "SENSITIF" para la clase 3 del Nomenclátor, ampliado a la desestimación expresa del curso de reposición interpuesto, mediante Resolución de fecha 20 de febrero de 1992; declaramos dichos actos conformes a derecho, sin hacer expreso pronunciamiento respecto a las costas procesales causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 17 de mayo de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española del Patentes y Marcas.
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