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Documento BOE-A-1996-16827

Orden de 16 de julio de 1996 por la que se aprueba la convocatoria de becas de formación en capacitación analítica del control de calidad de productos objeto de comercio exterior.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 1996, páginas 22998 a 22999 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-16827

TEXTO ORIGINAL

La necesidad por parte de la Dirección General de Comercio Exterior de disponer de especialistas en análisis de calidad comercial de los productos objeto de comercio exterior y la conveniencia de agilizar las tareas analíticas y en general, de asistencia técnica a los sectores exportadores justifican la convocatoria de las becas en capacitación analítica.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas y en el Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero, de estructura orgánica del Ministerio de Economía y Hacienda, dispongo:

Primero.-Se aprueba la convocatoria de:

Veintisiete becas para Licenciados en Ciencias Químicas, Biológicas, Veterinaria o Farmacia.

Tres becas para Ingenieros técnicos industriales, especialidad Química.

Veinte becas para Titulados en Formación Profesional de segundo grado, especialidad Química o equivalente.

Segundo.-Se autoriza al Director general de Comercio Exterior para que, mediante Resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado», convoque anualmente, de acuerdo con dichas normas, las becas que, en su caso, correspondan.

Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de julio de 1996.

DE RATO Y FIGAREDO

ANEXO

Normas de la convocatoria de becas de formación en capacitación analítica del control de calidad de productos objeto de comercio exterior

1. Objetivo de las becas.-El objetivo de las becas es formar especialistas en análisis de control de calidad de los productos objeto de exportación e importación de acuerdo con la naturaleza del producto y de los mercados de destino u origen.

Para ello los becarios realizarán su actividad en los laboratorios de los Centros de Inspección del Comercio Exterior colaborando en la tarea de análisis que en ellos se realice, quedando integrados en el desarrollo de los correspondientes programas y sometidos a la disciplina del centro.

2. Requisitos de los solicitantes.-Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de Licenciado en Ciencias Químicas, Biológicas, Veterinaria y Farmacia, de Ingeniero técnico industrial, especialidad Química o de Formación Profesional de segundo grado, especialidad Química o equivalente, según el tipo de beca solicitada.

b) Acreditar experiencia práctica de laboratorio.

c) Se considerarán méritos específicos adicionales en función de los diferentes destinos, los siguientes:

Méritos específicos / Destinos

Cromatografía de gases / Todos los destinos.

Cromatografía líquida de alta resolución / Alicante, Barcelona, Bilbao, Las Palmas, Málaga, Murcia, Sevilla, Valencia, Figueras y Vigo.

Espectrofotometría UV-VIS / Alicante, Barcelona, Madrid, Málaga, Murcia, Sevilla, Huelva, Valencia, Figueras y Vigo.

Espectrofotometría de absorción atómica / Las Palmas, Murcia, Noaín, Valencia y Vigo.

Electroforesis / Barcelona y Vigo.

3. Dotación.-La dotación de las becas para Titulados superiores será de 151.300 pesetas mensuales brutas, la de las becas de Titulados de grado medio será de 98.000 pesetas mensuales brutas y la correspondiente a Titulados de Formación Profesional de segundo grado de 70.000 pesetas mensuales brutas.

La dotación de la beca será con cargo a la aplicación presupuestaria 29.06.762A.482.

El becario deberá concertar con cargo a la dotación de la beca un seguro de asistencia médica y de accidentes, de acuerdo con las indicaciones que reciba de la Dirección General de Comercio Exterior.

4. Duración y prórroga.-La duración de la beca será hasta el 31 de diciembre de 1996 y podrá ser prorrogada, en su caso, y como máximo, hasta el día 31 de diciembre de 1997.

5. Destino de los becarios.-Los becarios serán destinados a los Centros de Inspección de Comercio Exterior CICES de las localidades que se señalan a continuación, de acuerdo con el número de becas que se establecen para cada localidad y de conformidad con la localidad a la que opten.

A) Titulados superiores:

Alicante: Dos.

Almería: Dos.

Barcelona: Dos.

Bilbao: Dos.

Huelva: Uno.

Las Palmas: Uno.

Madrid: Dos.

Málaga: Dos.

Murcia: Uno.

Noain: Dos.

Sevilla: Tres.

Tenerife: Tres.

Valencia: Dos.

Vigo: Dos.

B) Titulados de grado medio:

Valencia: Dos.

Vigo: Uno.

C) Titulados en Formación Profesional segundo grado:

Alicante: Tres.

Almería: Uno.

Barcelona: Dos.

Bilbao: Dos.

Figueras: Dos.

Málaga: Dos.

Murcia: Uno.

Sevilla: Dos.

Tenerife: Dos.

Valencia: Dos.

Vigo: Uno.

6. Solicitudes.-El interesado enviará a la sede del Tribunal que le corresponda según la localidad a la que opte y dentro del plazo de veinte días hábiles, desde la publicación de estas becas en el «Boletín Oficial del Estado», la siguiente documentación:

Solicitud formulada de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, expresando claramente el tipo de beca que solicita (Titulado superior, Titulado de grado medio o Titulado en Formación Profesional de segundo grado) y la localidad de destino.

Fotocopia del documento nacional de identidad.

Certificación académica personal.

Documentación acreditativa de experiencia en prácticas de laboratorio según se indican en la norma 2.

Currículum vitae del solicitante con especial indicación de su cualificación en el campo del análisis de laboratorio, relación de estudios cursados, experiencia profesional y publicaciones realizadas.

Documentos acreditativos de los méritos que se aleguen.

Dicha solicitud con la documentación correspondiente podrá presentarse además de en la sede del Tribunal que le corresponda, en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7. Tribunal Seleccionador.-Los Tribunales de selección, se constituirán en las sedes de los Centros de Inspección de Comercio Exterior correspondientes a las localidades donde se opte como destino para la realización de la beca, según se indica a continuación.

7.1. Laboratorios de los CICES de Alicante, Murcia y Valencia.

Tribunal de Alicante:

CICE de Alicante, calle Orense, 03003 Alicante. Teléfono (965) 92 37 00. Fax (965) 12 54 52.

7.2 Laboratorios de los CICES de Barcelona y Vilamalla.

Tribunal de Barcelona:

CICE de Barcelona, edificio «Tersaco», cuarta planta, muelle Príncipe de España, 08071 Barcelona (Puerto). Teléfono (93) 223 45 78. Fax (93) 223 48 64.

7.3 Laboratorios de los CICES de Bilbao y Noain.

Tribunal de Bilbao:

CICE de Bilbao, calle Alameda de Mazarredo, 31, 48009 Bilbao. Teléfono (944) 23 54 21. Fax (944) 23 34 83.

7.4 Laboratorios del CICE de Madrid.

Tribunal de Madrid:

CICE de Madrid, calle Pedro Texeira, 8, 28071 Madrid. Teféfono (91) 556 12 61. Fax (91) 555 79 56.

7.5 Laboratorios de los CICES de Almería, Huelva Málaga y Sevilla.

Tribunal de Sevilla:

CICE de Sevilla, avenida Conde de Guadalhorce, sin número, muelle de la Corta de Tablada, 41012 Sevilla. Teféfono (954) 23 64 43. Fax (954) 23 63 81.

7.6 Laboratorios de los CICES de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.

Tribunal de Tenerife:

CICE de Tenerife, calle Pilar, 1, 38002 Santa Cruz de Tenerife. Teléfono (922) 24 21 22. Fax (922) 24 68 36.

7.7 Laboratorio del CICE de Vigo.

Tribunal de Vigo:

CICE de Vigo, muelle Trasatlánticos. Estación marítima, 36202 Vigo. Teléfono (986) 22 26 61. Fax (986) 22 56 40.

8. Composición de los Tribunales.-Cada uno de los Tribunales de selección estará compuesto por un Presidente y dos Vocales:

Presidente: El Director del CICE de la sede del Tribunal.

Vocales: El Jefe del Servicio de Laboratorio sede del Tribunal y el Jefe del Servicio de Laboratorio de uno de los CICES destinatario de los candidatos, o en su defecto, Inspectores del SOIVRE nombrados por la Subdirección General de Control, Inspección y Normalización de Comercio Exterior.

9. Proceso de selección.-Los Tribunales procederán en el plazo máximo de ocho días hábiles a contar desde la fecha de finalización de la presentación de solicitudes a realizar una primera selección de los candidatos en base a la documentación aportada.

A los candidatos que hayan sido preseleccionados se les citará para una entrevista personal con el Tribunal seleccionador, quien remitirá la relación definitiva de seleccionados antes del día 15 de septiembre de 1996 a la Subdirección General de Control, Inspección y Normalización de Comercio Exterior, del Ministerio de Economía y Hacienda.

La resolución del Tribunal que señalará el plazo de incorporación de los becarios seleccionados será expuesta en cada uno de los CICES sede del Tribunal, se comunicará a los becarios seleccionados y será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso ordinario en el plazo de un mes ante el Director general de Comercio Exterior.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/07/1996
  • Fecha de publicación: 23/07/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

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