En el recurso contencioso-administrativo número 32/93, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Nobel Plastiques, Sociedad Anónima», contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 15 de abril de 1991, se ha dictado, con fecha 12 de enero de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Rodríguez Montaut, en nombre de "Nobel Plastiques, Sociedad Anónima", debemos declarar y declaramos la nulidad de la Resolución de 15 de abril de 1991, que denegó la inscripción de la marca internacional 607.220 Tricoclair, que dejamos sin efecto y disponiendo la concesión de la marca internacional número 527.909 Tricoclair, en favor del recurrente, y ello sin declaración en cuanto a las costas de este recurso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de mayo de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española del Patentes y Marcas.
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