En el recurso contencioso-administrativo número 1.549/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Renaissance Cruises Inc.», contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de marzo de 1994, se ha dictado, con fecha 25 de noviembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Renaissance Cruises Inc." contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 3 de marzo de 1994 ("Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" de 1 de junio) que en reposición anuló la anterior de 2 de marzo de 1993 ("Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" de 16 de abril), anulando la inscripción de la marca "Renaissance Cruises" número 1.577.654 para productos de la clase 39.ª del nomenclátor internacional, en concreto servicios de organización de cruceros, debemos revocar y revocamos aquella resolución, concediendo la referida marca para los productos indicados.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de mayo de 1996.-El Director general Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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