Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-17418

Resolución de 11 de julio de 1996, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas CSIC-Roma.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 29 de julio de 1996, páginas 23412 a 23413 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-17418

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por Resolución de la Presidencia de 10 de julio de 1996, ha resuelto convocar cinco becas CSIC-Roma para ampliación de estudios o investigación en la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma, financiadas además de por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas del Ministerio de Asuntos Exteriores, con arreglo a las bases que se detallan en el anexo adjunto.

Madrid, 11 de julio de 1996.-El Presidente, César Nombela Cano.

ANEXO

Bases de la convocatoria

I. Plazo de solicitud

Las becas convocadas habrán de solicitarse en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Serrano 113, 28006 Madrid. El plazo de solicitud será del día 16 de septiembre de 1996 al 15 de octubre de 1996.

II. Requisitos de los solicitantes

Para optar a estas becas, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, siempre que se posea la residencia en España en el momento de solicitar la beca.

b) Cumplir uno de los dos siguientes requisitos:

b.1) Haber obtenido el título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto de Escuelas Técnicas Superiores con fecha posterior a junio de 1992, ser estudiante de tercer ciclo y proponer una investigación que forme parte de los estudios correspondientes a su tesis doctoral y para cuya realización sea necesaria la estancia en Roma.

b.2) Haber obtenido el título de Doctor con fecha posterior a diciembre de 1994 y presentar un plan de investigación para cuya realización sea necesaria la estancia en Roma.

III. Tipos de beca y dotaciones

1. Las becas se distribuirán en:

Cuatro becas para licenciados.

Una beca para Doctores.

2. La dotación de cada una de las cinco becas será de 2.475.000 pesetas brutas anuales, siéndole de aplicación el artículo 25 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, sobre Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Las becas se abonarán trimestralmente. En el caso de que el trimestre no se complete, el pago se efectuará por mensualidades completas y con referencia a la situación de derecho del becario el día 15 del mes a que corresponda.

3. Seguro de accidentes corporales y de asistencia sanitaria. Este último es extensible, a petición del interesado, al cónyuge e hijos del beneficiario si le acompañaran en la estancia en Roma.

4. Billete de ida y vuelta entre el aeropuerto más próximo al domicilio del beneficiario y Roma, por la ruta más corta y en clase turista.

IV. Período y condiciones de disfrute

El período de disfrute de la beca es de doce meses. Sólo los becarios predoctorales podrán solicitar la renovación de otros doce meses de estancia en Roma, concurriendo a la convocatoria anual, con los requisitos que se establecen en el apartado V.7. En casos muy excepcionales podrán solicitar otra prórroga adicional por un plazo no superior a seis meses, concursando igualmente en la convocatoria anual.

Los becarios deberán incorporarse a la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma en los tres primeros días de enero de 1997.

Se entenderá que todo becario que no se incorpore en el plazo establecido renuncia a la beca que se le haya otorgado.

Los becarios no podrán desarrollar otra actividad que no sea aquella para la que obtuvieron sus becas.

Las becas serán incompatibles con el disfrute de otras ayudas similares. No obstante serán compatibles con bolsas de viaje, etc., con la autorización del organismo.

A los efectos de concursos y oposiciones dentro del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, se considerará tarea investigadora el tiempo de disfrute de la beca.

V. Formalización de solicitudes

Los impresos de solicitud se encuentran a disposición de los interesados en el Departamento de Postgrado y Especialización.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

1. Certificación académica personal completa y acreditativa de la titulación exigida, en original o fotocopia debidamente compulsada por la autoridad académica competente.

2. Currículum vitae del solicitante, según modelo que se facilitará en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

3. Memoria-anteproyecto del trabajo a realizar e informe del Director de la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma.

4. Fotocopia del documento nacional de identidad.

5. Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado, a la percepción de otras remuneraciones y disfrute de obras becas o ayudas incompatibles.

6. Los solicitantes de beca predoctoral deberán presentar justificante de encontrarse realizando la tesis doctoral bajo la dirección exclusiva de un investigador de plantilla del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, no admitiéndose codirecciones.

7. En los casos de solicitud de renovación de la beca, se adjuntará un informe detallado del trabajo realizado con explicación y justificación de la prórroga de la estancia en Roma, debidamente avalado por el Director del trabajo, así como por el Director de la Escuela Española de Historia y Arqueología.

VI. Selección de los becarios

La Comisión de Selección estará presidida por el Vicepresidente de Investigación Científica y Técnica del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y estará formada por el Director general de Relaciones Culturales y Científicas del Ministerio de Asuntos Exteriores; el Subdirector general de Programación, Seguimiento y Documentación Científica del Consejo Superior de Investigaciones Científicas; el Coordinador del Área de Humanidades y Ciencias Sociales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, y el Director de la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma.

En la selección se tendrá en cuenta, además de los requisitos administrativos, la actividad investigadora del interesado (publicaciones, participación en Congresos, etc.) y el tema propuesto de investigación.

Las decisiones de carácter científico serán irrecurribles.

La Comisión de Selección elevará a la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas una relación de aquellos candidatos que deban ser becados.

VII. Obligaciones de los becarios

Los becarios se comprometerán, al aceptar la beca, a cumplir en todas sus partes la normativa de la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma.

Los becarios no tendrán adquirido ningún compromiso, como oposiciones, exposiciones, concursos, etc., que les impida el cumplimiento íntegro o continuado del trabajo y/o de los estudios de la beca.

El becario está obligado a informar periódicamente al Director de la Escuela Española de Historia y Arqueología de la marcha de los trabajos y/o de los estudios propuestos.

Al término del disfrute de la beca, el becario deberá presentar la memoria de los trabajos y/o estudios realizados, en forma tal que quede acreditado el cumplimiento del plan trazado en la solicitud.

Cuando las circunstancias obliguen a algún becario a introducir modificaciones fundamentales en el plan primitivo de su investigación, deberá dar cuenta de ello inmediatamente, por escrito, al Director de la Escuela y, eventualmente, al Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

El becario deberá solicitar autorización previa al Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas para efectuar cualquier interrupción temporal en el disfrute de la beca.

Sólo en aquellos casos en los que se aprecie la existencia de causa mayor, se podrá recuperar el período interrumpido, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.

Al término de la beca, el becario depositará en la Escuela una copia de los trabajos de investigación realizados.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid