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Documento BOE-A-1996-17420

Resolución de 11 de julio de 1996, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas de periodismo científico CSIC-EFE.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 29 de julio de 1996, páginas 23416 a 23416 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-17420

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Agencia EFE en su Convenio de Colaboración, acordaron impulsar un programa de promoción del periodismo científico. Dicho programa tiene la finalidad de satisfacer la demanda creciente de información científica y técnica por parte de la sociedad española.

Por ello, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por Resolución de su Presidencia de 10 de julio de 1996, ha resuelto convocar dos becas CSIC-EFE de periodismo científico con arreglo a las bases que se detallan en el anexo de esta Resolución.

Madrid, 11 de julio de 1996.-El Presidente, César Nombela Cano.

ANEXO

Bases de la convocatoria

I. Plazo de solicitud

Estas becas habrán de solicitarse del día 16 de septiembre de 1996 al 15 de octubre de 1996, en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Serrano, 113, 28006 Madrid.

II. Requisitos de los solicitantes

Para optar a estas becas, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o ser extranjero con permiso de residencia en España.

b) Estar en posesión del grado de licenciado en Ciencias de la Información, especialidad «Periodismo», en el momento de terminar el plazo de presentación de solicitudes. La finalización de estos estudios se debe haber llevado a cabo en los últimos tres cursos académicos. La experiencia profesional adquirida en centros extranjeros o españoles se considerarán méritos.

c) Poseer una nota media de todas las asignaturas de la carrera igual o superior a 2, después de aplicar el siguiente baremo: Aprobado, 1; Notable, 2; Sobresaliente, 3, y Matrícula de Honor, 4.

III. Dotaciones

1. La dotación de las becas será de 110.000 pesetas brutas mensuales siéndole de aplicación el artículo 25 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, sobre Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

2. Los becarios quedarán incluidos en una póliza colectiva de asistencia médica y de accidentes corporales.

IV. Período y condiciones de disfrute

El período de disfrute de la beca es de doce meses. La fecha de incorporación al centro se indicará a los beneficiarios en la comunicación de concesión de beca. La formación de los becarios tendrá lugar tanto en el Gabinete de Comunicación y Prensa del Consejo Superior de Investigaciones Científicas como en el Área de Ciencia de la Agencia EFE, y su trabajo estará dirigido y supervisado por los respectivos responsables de los citados Departamentos, quienes actuarán de tutores. Los becarios permanecerán seis meses en cada Institución, de manera que uno iniciará su aprendizaje en la Agencia EFE y permanecerá los otros seis restantes en el Gabinete de Comunicación y Prensa del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y el otro lo hará a la inversa.

Las becas serán incompatibles con el disfrute de cualquier otro tipo de beca o ayuda y con la percepción de cualquier remuneración. No obstante serán compatibles con bolsas de viaje destinadas a sufragar gastos de desplazamiento.

La concesión y disfrute de una beca no establece relación contractual o estatutaria con el centro al que queda adscrito el beneficiario, ni implica por parte de la entidad receptora ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a la plantilla de la misma o a la del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

V. Formalización de las solicitudes

Los impresos de solicitud se encontrarán a disposición de los interesados en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano, 113, 28006 Madrid.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

1. Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación, en original o fotocopia debidamente compulsada por la autoridad académica competente. Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos.

2. Currículum vitae según modelo que se entregará junto al impreso de solicitud acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo.

3. Fotocopia del documento nacional de identidad o del permiso de residencia del solicitante.

4. Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado, a la percepción de otras remuneraciones equivalentes y a comunicar al Departamento de Postgrado y Especialización otras ayudas menores compatibles como bolsas de viaje, etc.

Los candidatos podrán aportar cartas de presentación o certificados, expedidos por profesores o profesionales del periodismo, avalando la formación y experiencia profesional; también podrán presentar certificados del nivel de conocimiento de idiomas del candidato.

Toda la documentación deberá presentarse en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano, 113, 28006 Madrid, o bien por alguno de los procedimientos previstos en la legislación vigente.

VI. Selección de los candidatos

Una Comisión de Selección, presidida por el Subdirector general de Programación, Seguimiento y Documentación Científica, de la que formarán parte el Director del Departamento de Postgrado y Especialización, el Coordinador del Área de Humanidades y Ciencias Sociales, el Director del Gabinete de Comunicación y Prensa del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, el Jefe del Área de Ciencia de la Agencia EFE, y el Jefe de Prensa de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, efectuará una preselección de candidatos entre los curricula presentados, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, su expediente académico, el conocimiento de idiomas y de informática.

Los candidatos preseleccionados realizarán una prueba de actualidad y de idiomas y podrán ser requeridos para mantener una entrevista personal.

La Comisión de Selección elevará a la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas la propuesta de aquellos candidatos que superen las pruebas.

VII. Obligaciones de los becarios

Primera.-Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del plan de formación que se confeccione de mutuo acuerdo entre el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Agencia EFE, dedicándose a éste de conformidad con las normas propias de funcionamiento de dicha Agencia y del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Segunda.-Una vez finalizada su estancia en cada entidad, los becarios realizarán un informe sobre la actividad desarrollada. Ambos informes serán entregados en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que a su vez los elevará a la Vicepresidencia de Investigación Científica y Técnica del organismo, quien dará su visto bueno y hará entrega a los interesados de un diploma del organismo acreditativo de la formación adquirida.

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