Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-17480

Orden de 21 de junio de 1996 de cesión de cartera y autorización de ramos a la entidad «Reale Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», y revocación ramo 18 a la entidad «Mutral Seguros Generales, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 30 de julio de 1996, páginas 23538 a 23538 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-17480

TEXTO ORIGINAL

La entidad «Reale Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» ha presentado en la Dirección General de Seguros la solicitud de autorización de la cesión de la totalidad de la cartera y de los elementos patrimoniales del Activo y Pasivo de la entidad «Mutral Seguros Generales, Sociedad Anónima».

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:

Primero.-Revocar a la entidad «Mutral Seguros Generales, Sociedad Anónima» la autorización administrativa para operar en el ramo de asistencia número 18 de la clasificación establecida en la disposición adicional primera de la referida Ley 30/1995, de 8 de noviembre, conforme a lo establecido en el artículo 25.1, letra a), del mencionado precepto legal, procediéndose, en consecuencia, a la inscripción del acuerdo de revocación en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras, según lo establecido en el artículo 30 de la Orden de 7 de septiembre de 1987.

Segundo.-Autorizar la cesión de la totalidad de la cartera y de los elementos patrimoniales del Activo y Pasivo de la entidad «Mutral Seguros Generales, Sociedad Anónima» a la entidad «Reale Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima».

Tercero.-Autorizar a la entidad «Reale Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» para operar en los ramos de vehículos marítimos, lacustres y fluviales; mercancías transportadas y responsabilidad civil de vehículos marítimos, lacustres y fluviales, números 6, 7 y 12 de la clasificación establecida en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 21 de junio de 1996.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.

Ilmo. Sr. Director general de Seguros.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid