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Documento BOE-A-1996-17913

Resolución de 11 de julio de 1996, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se procede a la publicación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia, a través del Instituto de Toxicología, y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid, a través del Plan Regional sobre Drogas dependiente de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 3 de agosto de 1996, páginas 24006 a 24007 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1996-17913

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia, a través del Instituto de Toxicología, y el Gobierno de la Comunidad de Madrid, a través del Plan Regional sobre Drogas dependiente de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto noveno del acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, sobre Convenios de colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, he resuelto proceder a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que a tal efecto figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de julio de 1996.-El Secretario de Estado de Justicia, José Luis González Montes.

Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Justicia, a través del Instituto de Toxicología, y la Comunidad de Madrid, a través del Plan Regional sobre Drogas dependiente de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales

En Madrid, a 9 de julio de 1996.

REUNIDOS

La excelentísima señora doña Margarita Mariscal de Gante y Mirón, Ministra de Justicia, por delegación del Consejo de Ministros conforme al acuerdo de éste de 21 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de agosto).

Y el excelentísimo señor don Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, Presidente de la Comunidad de Madrid,

EXPONEN

I. Que la Administración General del Estado ostenta competencias en materia de Administración de Justicia de acuerdo con el artículo 149.1.5.ª de la Constitución Española, así como sobre las bases y coordinación general de la sanidad, de acuerdo con el artículo 149.1.16.ª de la misma.

Por su parte, la Comunidad de Madrid tiene atribuida por el artículo 26.18 de su Estatuto la plenitud de la función legislativa en materia de asistencia social. Asimismo, le corresponde la competencia de desarrollo legislativo, incluida la potestad reglamentaria y ejecución, en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, en materia de sanidad e higiene, conforme al artículo 27.7 de su Estatuto.

II. Que desean establecer líneas de colaboración y apoyo científico-técnico entre el Instituto de Toxicología y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Plan Regional sobre Drogas) para mejorar el conocimiento del mercado ilícito de drogas de abuso de la Comunidad de Madrid contribuyendo de este modo a la lucha contra dicho tráfico y a las actuaciones preventivas de la drogadicción.

En consecuencia, las partes, en la representación que ostentan, acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Es objeto del presente Convenio establecer y mantener el marco de relaciones que permita la actuación coordinada entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Plan Regional sobre Drogas) y el Ministerio de Justicia (Instituto de Toxicología) para el aprovechamiento con fines estadísticos, preventivos y asistenciales de los datos obrantes y resultados obtenidos en cada investigación analítica que se realice para la celebración de los juicios rápidos, de las muestras y alijos de drogas aprehendidos.

Segunda.-A efectos de lo dispuesto en la cláusula anterior, mensualmente y cada vez que le sea solicitado, el Instituto de Toxicología enviará los datos relativos al número de muestras, pesos y composición de las muestras analizadas a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Plan Regional sobre Drogas), todo ello con las cautelas necesarias en los procesos en curso.

De igual modo el Instituto de Toxicología remitirá anualmente al Plan Regional sobre Drogas una Memoria-informe que recogerá los datos y evoluciones habidas durante el año, así como las observaciones y deducciones que de tales datos puedan extraerse.

Tercera.-La Comunidad de Madrid aportará para la ejecución del presente Convenio la cantidad de 3.500.000 pesetas, calculada en base al coste medio de analítica por muestra, y la estimación del número de analíticas que se realizarán durante el año 1996 (1.500 muestras). La citada cantidad es imputable a la partida 2284 del programa 705 del presupuesto de gastos de 1996.

La aportación económica citada en la presente cláusula será abonada al Instituto de Toxicología mediante certificaciones trimestrales expedidas por el Coordinador general de Plan Regional sobre Drogas o persona en quien delegue expresamente, de acuerdo con las analíticas realizadas.

Tal aportación económica podrá ser objeto de actualización en las sucesivas prórrogas del Convenio que, en su caso, se acuerden.

Cuarta.-Tanto el Instituto de Toxicología como el Plan Regional sobre Drogas se mencionarán, respectivamente, en las publicaciones, comunicaciones científicas y demás actos de difusión sobre los datos a los que se refiere el presente Convenio.

Quinta.-El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente al de su firma y concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 1996. Podrá prorrogarse por años naturales mediante acuerdo expreso de ambas partes, siempre y cuando exista crédito presupuestario para el ejercicio de que se trate.

Sexta.-Serán causas resolutorias del presente Convenio la desaparición de cualquiera de las condiciones normativas, administrativas o técnicas que sirvieron de base para su realización y el incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones del mismo.

Séptima.-Para la ejecución, seguimiento e interpretación del presente Convenio se constituye una Comisión Mixta formada por los siguientes miembros:

Tres representantes del Ministerio de Justicia designados por la Secretaría de Estado de Justicia.

Tres representantes de la Comunidad de Madrid designados por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

De conformidad con cuanto antecede en ejercicio de las atribuciones de que son titulares las autoridades firmantes y obligando con ello a las instituciones a las que representan, suscriben por triplicado el presente Convenio, en la fecha y lugar indicados.

Por el Ministerio de Justicia, Margarita Mariscal de Gante y Mirón.-Por la Comunidad de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.

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