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Documento BOE-A-1996-17914

Resolución de 11 de julio de 1996, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se procede a la publicación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia, a través de Instituto Anatómico Forense de Madrid, y el Gobierno de la Comunidad de Madrid, a través del Plan Regional sobre Drogas dependiente de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, para el estudio e investigación de las causas y características de los fallecimientos producidos por reacción aguda tras el consumo de opiáceos o cocaína.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 3 de agosto de 1996, páginas 24007 a 24007 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1996-17914

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito entre el Ministerio de Justicia, a través del Instituto Anatómico Forense de Madrid, y el Gobierno de la Comunidad de Madrid, a través del Plan Regional sobre Drogas dependiente de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, un Convenio de colaboración para el estudio e investigación de las causas y características de los fallecimientos producidos por reacción aguda tras el consumo de opiáceos o cocaína, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto noveno del acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, sobre Convenios de colaboración entre la Administración de Estado y las Comunidades Autónomas, he resuelto proceder a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que a tal efecto figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de julio de 1996.-El Secretario de Estado de Justicia, José Luis González Montes.

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia, a través del Instituto Anatómico Forense de Madrid, y la Comunidad de Madrid, a través del Plan Regional sobre Drogas dependiente de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, para el estudio e investigación de las causas y características de los fallecimientos producidos por reacción aguda tras el consumo de opiáceos o cocaína

En Madrid, a 9 de julio de 1996.

REUNIDOS

La excelentísima señora doña Margarita Mariscal de Gante y Mirón, Ministra de Justicia, por delegación del Consejo de Ministros conforme al acuerdo de éste de 21 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de agosto).

Y el excelentísimo señor don Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, Presidente de la Comunidad de Madrid,

EXPONEN

I. Que la Administración General del Estado ostenta competencias en materia de Administración de Justicia de acuerdo con el artículo 149.1.5.ª de la Constitución Española, así como sobre las bases y coordinación general de sanidad, de acuerdo con el artículo 149.1.16.ª de la mismas.

Por su parte, la Comunidad de Madrid tiene atribuida por el artículo 26.18 de su Estatuto la plenitud de la función legislativa en materia de asistencia social. Asimismo, le corresponde la competencia de desarrollo legislativo, incluida la potestad reglamentaria y ejecución, en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, en materia de sanidad e higiene, conforme al artículo 27.7 de su Estatuto.

II. Que desean mantener las líneas de colaboración y apoyo científico-técnico entre el Instituto Anatómico Forense de Madrid y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Plan Regional sobre Drogas) para el estudio de las causas y características de los fallecimientos producidos por reacción aguda tras el consumo de opiáceos o cocaína, en el ámbito de actuación propio del citado instituto en la Comunidad de Madrid.

En consecuencia, las partes, en la representación que ostentan, acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Mantener el marco de relaciones que permita la coordinación funcional entre la Comunidad de Madrid -Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Plan Regional sobre Drogas)- y el Ministerio de Justicia -Instituto Anatómico Forense de Madrid- para el estudio e investigación de las causas y características de los fallecimientos producidos por reacción aguda tras el consumo de opiáceos o cocaína.

Segunda.-A efectos de lo dispuesto en la cláusula anterior, el Ministerio de Justicia, a través del Instituto Anatómico Forense, se compromete al envío mensual y/o cada vez que le sea solicitado por la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Plan Regional sobre Drogas) de las «hojas de notificación individual de muerte por opiáceos o cocaína», debidamente cumplimentadas, pertenecientes al SEIT (Sistema Estatal de Información de Toxicomanías) diseñadas al efecto por el Plan Nacional sobre Drogas.

Tercera.-El Ministerio de Justicia, a través del Instituto Anatómico Forense de Madrid, se compromete a la realización de los análisis pertinentes de los fallecidos para el envío mensual del resultado de estos estudios a que se ha hecho referencia en la cláusula anterior, así como cada vez que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Plan Regional sobre Drogas) lo solicite.

Cuarta.-La Comunidad de Madrid destinará inicialmente para la ejecución del presente Convenio la cantidad de 5.250.000 pesetas, calculada basándose en el coste medio de analítica por cadáver de 15.000 pesetas y la estimación del número de analíticas que se realizarían durante el año 1996 (350 cadáveres).

El importe económico al que asciende este Convenio se aplicará a la partida 2284 del programa 705 del presente ejercicio de gastos.

La aportación económica citada en la presente cláusula será abonada al Instituto Anatómico Forense mediante certificaciones trimestrales expedidas por el Coordinador general de Plan Regional sobre Drogas o persona en quien delegue expresamente, de acuerdo con las analíticas realizadas.

Tal aportación económica podrá ser objeto de actualización en las sucesivas prórrogas del Convenio que, en su caso, se acuerden.

Quinta.-La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Plan Regional sobre Drogas), y el Ministerio de Justicia -Instituto Anatómico Forense de Madrid- se comprometen a consignar en las publicaciones o citas que se pueda hacer de estos datos a las dos instituciones.

Sexta.-El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma y concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 1996, siendo prorrogable por años naturales por acuerdo expreso de ambas partes. La prórroga que en esta cláusula se establece quedará en todo caso supeditada a la existencia de crédito presupuestario para el ejercicio de que se trate.

Séptima.-Serán causas resolutorias del presente Convenio la desaparición de cualquiera de las condiciones normativas, administrativas o técnicas que sirvieron de base para su realización y el incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones del mismo.

Octava.-Para el seguimiento de la ejecución, cumplimiento e interpretación del presente Convenio, se constituye una Comisión Mixta formada por los siguientes miembros:

Tres representantes del Ministerio de Justicia designados por la Secretaría de Estado de Justicia.

Tres representantes de la Comunidad de Madrid designados por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

Y para que conste, en prueba de conformidad, firmamos el presente Convenio, por triplicado ejemplar, en el lugar y fechas señalados al principio.-Por el Ministerio de Justicia, Margarita Mariscal de Gante y Mirón.-Por la Comunidad de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.

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