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Documento BOE-A-1996-18287

Orden de 19 de julio de 1996 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Oviedo), en el recurso contencioso-administrativo número 1.489/1993, interpuesto por don Lucas Cuesta Álvarez.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 7 de agosto de 1996, páginas 24519 a 24519 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1996-18287

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Oviedo), con fecha 6 de julio de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.489/1993, promovido por don Lucas Cuesta Álvarez, sobre abandono de la producción lechera, sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallo: En atención a lo expuesto, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha decidido estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Ángel García Cosio Álvarez, en nombre y representación de don Lucas Cuesta Álvarez, contra Resolución dictada por el Servicio Nacional de Productos Agrarios, de 11 de marzo de 1993, por la que se declaraba resuelto el compromiso contraído entre el Ganadero y el SENPA, por el abandono definitivo de la producción lechera, así como la Resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que desestimó el recurso de alzada contra la anterior, estando representada la Administración demandada por el señor Abogado del Estado. Resoluciones que se anulan por no ser ajustadas a Derecho, sin hacer expresa imposición de costas procesales.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 19 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

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