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Documento BOE-A-1996-18556

Resolución de 28 de junio de 1996, del Departamento de Cultura, por la que se da publicidad al acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 12 de junio de 1996, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, del yacimiento de las minas prehistóricas de Gavà-Can Tintorer, en Gavà.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 9 de agosto de 1996, páginas 24805 a 24806 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1996-18556

TEXTO ORIGINAL

Considerando que en fecha 12 de junio de 1996, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña declaró bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, el yacimiento de la minas prehistóricas de Gavà-Can Tintorer, en Gavà,

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

Que se publique íntegramente en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» el acuerdo del Gobierno de 12 de junio de 1996, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, del yacimiento de las minas prehistóricas de Gavà-Can Tintorer, en Gavà.

Barcelona, 28 de junio de 1996.-El Consejero, Joan M. Pujals i Vallvé.

Acuerdo de 12 de junio de 1996, del Gobierno de la Generalidad, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, del yacimiento de las minas prehistóricas de Gavà-Can Tintorer, en Gavà

Visto que el Departamento de Cultura, por Resolución del Director general del Patrimonio Artístico de 30 de julio de 1982 («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña», de 3 de septiembre de 1982), incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico del yacimiento arqueológico de Can Tintorer, denominación que queda restringida a una de las partes del yacimiento, siendo más conveniente denominarlo minas prehistóricas de Gavà-Can Tintorer;

Vista la disposición transitoria 1 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, según la cual la tramitación de los expedientes sobre declaración de bienes de interés cultural iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley tiene que continuar según el nuevo régimen jurídico, motivo por el que la Dirección General del Patrimonio Cultural ha optado por continuar la tramitación de este expediente con la categoría de zona arqueológica, por ser la más ajustada a la protección del yacimiento;

Considerando que se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente, de acuerdo con los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán;

Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Instituto de Estudios Catalanes;

Visto que en la tramitación del expediente no se ha realizado ninguna alegación;

A propuesta del Consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, el yacimiento de las minas prehistóricas de Gavà-Can Tintorer, en el municipio de Gavà (Baix Llobregat), según la descripción y ubicación que constan en el anexo 1 de este acuerdo. La delimitación de la zona arqueológica, cuya justificación consta en el anexo 2, se detalla en el plano que se publica con este acuerdo.

ANEXO 1

Descripción y ubicación

Con el nombre de minas prehistóricas de Gavà-Can Tintorer se designa un amplia área situada en el término municipal de Gavà, que comprende el yacimiento arqueológico de Can Tintorer, importante explotación minera en época neolítica, y las zonas contiguas de la sierra de Les Ferreres, áreas que por los diversos vestigios arqueológicos detectados y sobre todo a causa de su configuración geológica están vinculadas al mismo yacimiento minero del que formaba parte el área de Can Tintorer.

El yacimiento de las minas prehistóricas de Gavà-Can Tintorer constituye la primera gran explotación minera subterránea neolítica hallada en la península ibérica y, en el contexto europeo, es el único yacimiento con pruebas evidentes de explotación de la calaíta a gran escala.

Los restos de la explotación minera de la zona de Can Tintorer constituyen una compleja red de galerías subterráneas excavadas en los esquistos de la zona y dispuestas en diferentes niveles, que se comunicaban entre sí, formando salas más amplias, a las que se accedía desde la superficie por medio de pozos o galerías inclinadas.

Las mediciones de radiocarbono dan una cronología absoluta para las galerías más antiguas, de unos 5.500 años BP en el Neolítico Antiguo evolucionado poscardial, continuando su explotación en el Neolítico Medio hasta interrumpirse a finales de este período, hace unos 4.500 años. La primera materia principal que se extraía eran los aluminofosfatos (variscita, metavariscita, variscita férrica y turquesa), minerales que toman el nombre genérico de calaíta, y que se utilizaban para la fabricación de objetos ornamentales personales. También extrajeron otros minerales, que cortándolos servirán para fabricar herramientas (sílex y ópalo). A su vez, debieron aprovechar el cuarzo, con el que se fabricaban determinados instrumentos, y el ocre que les servía para elaborar pigmentos.

Posteriormente, en épocas ibérica y romana, y después también en la contemporánea, se volvió a explotar al yacimiento para la obtención de mineral de hierro.

Algunos de los pozos que comunican con el exterior fueron utilizados para verter en ellos desechos procedentes de los hábitat de las comunidades neolíticas de las proximidades de las explotaciones, y otros fueron reaprovechados como lugar de entierro en sucesivas inhumaciones.

El área objeto de protección es la que consta grafiada en el plano que se publica con este acuerdo.

ANEXO 2

Justificación de la delimitación

La superficie total del yacimiento de las minas prehistóricas está constituida por dos áreas diferentes: Can Tintorer y la sierra de Les Ferreres. El sector de Can Tintorer, es el que mejor se conoce y actualmente está casi íntegramente situado en el casco urbano de Gavá. El gran valor patrimonial de estos restos ha hecho pensar en la adecuación de algunas de las galerías como parque arqueológico.

El sector de la sierra de Les Ferreres es un área boscosa con numerosos afloramientos de mineral de hierro. El hallazgo de vestigios neolíticos e iberorromanos, hace de él un sector con una gran expectativa arqueológica.

Las exploraciones arqueológicas han puesto de manifiesto la gran potencialidad del yacimiento. La extensa superficie susceptible de contener galerías de explotación que todavía quedan por excavar hace que continúe siendo una importante fuente de investigación sobre el fenómeno minero en tiempos prehistóricos y en época antigua.

La delimitación del yacimiento se ha hecho a partir de la distribución de los restos arqueológicos conocidos hasta el momento, teniendo en cuenta también los aspectos geológicos y topográficos, ya que los restos arqueológicos estaban vinculados al mismo yacimiento minero. Así pues, la delimitación abarca: Por el norte, partiendo del extremo este en dirección oeste, la calle Joan XXIII, rambla Pompeu Fabra y calle Lamote de Grignon; atraviesa la calle Pep Ventura y de aquí la delimitación continúa siguiendo la curva de nivel de los 50 msnm rodeando el núcleo urbanizado de Can Tries, hasta llegar al curso de la riera de Sant Llorenç (nombre que alterna-

con el de Torrent de Can Tries), remontándola hasta llegar a la confluencia con el torrente Fondo del Fangar, y sigue este torrente hasta encontrar la carretera de Gavà en Begues. A partir de aquí, sigue en dirección este esta carretera, hasta llegar al casco urbano de Gavà, en el cruce de la carretera de Avinyonet a Gavà, con la avenida Joan Carles y la avenida de Eramprunyà. Sigue esta última avenida, llega a la plaza Catalunya y, de nuevo, a la calle Joan XXIII.

(PLANO OMITIDO)

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