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Documento BOE-A-1996-19818

Resolución de 30 de julio de 1996, de la Universidad de Extremadura, por la que se ejecuta, en sus propios términos, la sentencia número 863/1996, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo número 1.768/1994, promovido por don Pedro Macías Laso.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 28 de agosto de 1996, páginas 26536 a 26536 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-19818

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1.768/1994, seguido a instancia de don Pedro Macías Laso, y que versa sobre Resolución de fecha 29 de abril de 1994, dictada por el Rectorado de la Universidad de Extremadura, por la que se desestima la solicitud de la cuantía correspondiente al tramo de complemento específico docente para el periodo comprendido entre el 1 de abril de 1989 y el 1 de enero de 1993, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado sentencia, número 863/1996, de fecha 12 de julio de 1996, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto en su propio nombre por don Pedro Macías Laso contra la Resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura de 29 de abril de 1994, que desestimó por extemporánea las petición sobre abono del componente por méritos docentes de su complemento específico, con efectos retroactivos a 1 de abril de 1989, debemos anular y anulamos la mencionada resolución por no estar ajustada al ordenamiento jurídico y, en su consecuencia, se reconoce el derecho del actor a percibir el mencionado complemento desde la fecha indicada, sin hacer especial condena en cuanto a las costas del proceso.»

En su virtud, este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1989, de 1 de junio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Badajoz, 30 de julio de 1996.-El Rector, César Chaparro Gómez.

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