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Documento BOE-A-1996-19820

Resolución de 30 de julio de 1996, de la Universidad de Extremadura, por la que se ejecuta, en sus propios términos, la sentencia número 862/1996, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo número 880/1994, promovido por doña Magdalena Periáñez Ferrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 28 de agosto de 1996, páginas 26536 a 26537 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-19820

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 880/1994, seguido a instancia de doña Magdalena Periañez Ferrero, y que versa sobre Resolución dictada por el Rectorado de la Universidad de Extremadura en fecha 3 de marzo de 1994, por la que se desestima la solicitud de abono de todos los trienios devengados en la cuantía correspondiente al grupo en el que actualmente está clasificada, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado sentencia, número 862/1996, de fecha 12 de julio de 1996, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Magdalena Periañez Ferrero contra los actos reflejados en el fundamento de derecho primero de la presente resolución, los cuales se confirman por ser ajustados a derecho y todo ello sin efectuar declaración alguna en cuanto a costas.»

En su virtud, este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1989, de 1 de junio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Badajoz, 30 de julio de 1996.-El Rector, César Chaparro Gómez.

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