En el recurso contencioso-administrativo número 749/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Wap Reiningungssysteme GmbH and Co.», contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de mayo de 1993, se ha dictado, con fecha 8 de marzo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Wap Reiningungssysteme GmbH and Co.", contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de mayo de 1993 que denegó la inscripción de la marca "Wap", debemos declarar y declaramos que tal resolución y la precedente denegación son ajustadas a Derecho. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 28 de junio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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