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Documento BOE-A-1996-20626

Resolución de 2 de septiembre de 1996, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, de delegación de competencias sobre ordenación de pagos no presupuestarios en los Delegados de Economía y Hacienda.

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 12 de septiembre de 1996, páginas 27669 a 27669 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-20626
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1996/09/02/(3)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1884/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 6 de agosto, y con fecha de entrada en vigor de 2 de septiembre, establece en su artículo 26.11.1.ª que «corresponde a las Delegaciones de Economía y Hacienda el ejercicio en el ámbito territorial y conforme a la distribución de competencias establecida en la correspondiente normativa de las funciones siguientes:... h) las de autorización y tramitación de los documentos de gestión contable requeridos para proponer el pago de operaciones presupuestarias, incluidas las de devolución de ingresos y no presupuestarias». Este precepto supone una innovación respecto de la situación anterior, ya que, si bien la competencia en materia de ordenación de pagos presupuestarios correspondía en exclusiva al Director general del Tesoro y Política Financiera, el Real Decreto 1848/1991, que añadió un artículo 40 al Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero, de estructura orgánica del Ministerio de Economía y Hacienda, en su letra h) señalaba, entre las funciones de la Administración Territorial del Ministerio de Economía y Hacienda «las de ordenación de pagos extrapresupuestarios».

Sin embargo, al exigir la ordenación centralizada de pagos no presupuestarios algunas modificaciones en el sistema informático y contable que entró en vigor el día 1 de enero de 1996 (SIC'2) y con el objeto de evitar que, en tanto las modificaciones aludidas se lleven a cabo, se produzcan retrasos en la ejecución de tales pagos, parece conveniente que se delegue, dentro de sus respectivos ámbitos territoriales y mientras no se efectúen aquéllas, en los Delegados de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos que, hasta la entrada en vigor del Real Decreto 1884/1996, venían efectuando.

En base a lo anterior he resuelto delegar en los Delegados de Economía y Hacienda las competencias de ordenación de pagos no presupuestarios que, hasta la entrada en vigor del Real Decreto 1884/1996, de 2 de agosto, vinieran ejerciendo.

Madrid, 2 de septiembre de 1996.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.

Ilmos. Sres. Delegados de Economía y Hacienda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/09/1996
  • Fecha de publicación: 12/09/1996
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Delegaciones provinciales de Economía y Hacienda
  • Dirección General del Tesoro y Política Financiera
  • Ministerio de Economía y Hacienda

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