En el recurso contencioso-administrativo número 520/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Unión Industrial y Agroganadera, Sociedad Anónima» (UNIASA), contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de 4 de febrero de 1991, y de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 20 de octubre de 1992, se ha dictado, con fecha 29 de septiembre de 1995 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo, interpuesto en representación de la entidad «Unión Industrial y Agroganadera, Sociedad Anónima» (UNIASA), contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de 4 de febrero de 1991, confirmada en reposición con fecha 20 de octubre de 1992, por la que se autoriza en favor de «Universal de Desarrollos Electrónicos, Sociedad Anónima» (UNIDESA), el registro de la marca número 1.243.880 «Unidesa, Grupo Cirsa» (con gráfico), para designar servicio de la clase 40.ª del nomenclátor, sin imponer las costas de este proceso a ninguno de los litigantes.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 28 de junio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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