Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-20848

Decreto 129/1996, de 4 de julio, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, la cartuja de «Ara Christi», de El Puig (Valencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 16 de septiembre de 1996, páginas 27982 a 27984 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-1996-20848

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de la Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, de 3 de junio de 1981, se acordó tener por incoado expediente para la declaración como monumento a favor de la cartuja de «Ara Christi», de El Puig (Valencia).

El citado expediente fue remitido para su tramitación a la Generalidad Valenciana, según lo dispuesto en el Real Decreto 3066/1983, de 13 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Generalidad Valenciana en materia de cultura, y, en concreto, a la Consejería de Cultura, Educación y Ciencia, con arreglo a lo preceptuado en el Decreto 171/1983, de 29 de diciembre, del Presidente de la Generalidad Valenciana.

En consecuencia, la Dirección General de Patrimonio Artístico de la Consejería de Cultura, mediante Resolución de 8 de octubre de 1993, acordó hacer pública la delimitación del entorno de protección y abrir período de información pública en el expediente incoado para la declaración como monumento de la cartuja de «Ara Christi», en El Puig (Valencia).

Cumplimentados los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, y contando con el informe de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y de la Real Academia de la Historia, favorable a la propuesta de declaración como bien de interés cultural a favor de la cartuja de «Ara Christi», en El Puig, procede efectuar la citada declaración.

El Tribunal Constitucional, en la sentencia 17/1991, de 31 de enero, establece que corresponden a las Comunidades Autónomas, en cuanto tengan asumidas estatutariamente las competencias, emitir la declaración formal de bien de interés cultural.

El Decreto 181/1991, de 15 de octubre, del Gobierno valenciano, establece que el órgano competente para la resolución de expedientes en materia de bienes de interés cultural, en el ámbito competencial de la Generalidad Valenciana, es el Gobierno valenciano, a propuesta de la Consejera de Cultura, Educación y Ciencia. De conformidad con dicho Decreto, la Consejera de Cultura, Educación y Ciencia ha propuesto declarar bien de interés cultural, con categoría de monumento, la cartuja de «Ara Christi», en El Puig (Valencia), y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto del mismo en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En virtud de cuanto ha sido expuesto, visto el artículo 31.5 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, y de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria sexta, en relación con los artículos 11.2, 14 y 15 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la misma, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, a propuesta de la Consejera de Cultura, Educación y Ciencia, previa deliberación del Gobierno valenciano en su reunión del día 4 de julio de 1996, dispongo:

Artículo 1.

Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, la cartuja de «Ara Christi», en El Puig (Valencia).

Artículo 2.

El entorno de protección afectado por la declaración de bien de interés cultural, con categoría de monumento, de la cartuja de «Ara Christi», en El Puig (Valencia), queda definida en los anexos adjuntos que forman parte del presente Decreto. La documentación complementaria obra en el expediente de su razón.

Disposición final.

El presente Decreto se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana».

Valencia, 4 de julio de 1996.-El Presidente de la Generalidad Valenciana, Eduardo Zaplana Hernández-Soro.-La Consejera de Cultura, Educación y Ciencia, Marcela Miró Pérez.

ANEXO I

Descripción de la cartuja de «Ara Christi», en El Puig

Está formada por un conjunto edificado cerrado que comprende una serie de edificaciones desarrolladas alrededor de un gran claustro. Otros dos claustros más pequeños y los huertos individuales de los cartujos están incluidos dentro de este primer recinto. A su vez, todo este conjunto, más algunas tierras de labor, vuelve a cerrarse y así conseguir un perfecto aislamiento del resto del territorio.

El acceso a la cartuja se realiza a través de un portón y pequeñas edificaciones (portería) en el que podríamos llamar recinto exterior, para seguidamente acceder a las edificaciones principales del que hemos denominado primer recinto, en el que destaca por proximidad y volumen la iglesia y una torre cúbica defensiva al noreste.

La organización funcional de la propia cartuja obedece a los esquemas peculiares de la orden; una iglesia centrada al sur del claustro, con su cabecera al norte, flanqueada por dos claustros y dependencias a ambos lados, y el gran claustro rodeado en sus flancos oeste, norte y sur por las celdas de los cartujos. Una serie de huertos circunda a su vez estas celdas hasta el límite murario del recinto.

La iglesia tiene planta de cruz latina. La nave longitudinal se cierra con bóveda de crucería con claves y rosetones. En el crucero se levanta una esbelta bóveda sobre tambor con linterna superior. Ocho ventanales en el tambor y otros tantos en la linterna iluminan la iglesia. La cubierta de la bóveda es de cerámica vidriada en azul. A ambos lados de la nave se disponen tres capillas que presentan la originalidad de no dar directamente a ésta, sino formar una especie de deambulatorio paralelo a la nave longitudinal. En el imafronte inacabado destaca la portada adintelada, enmarcada en jambas y dintel por sillares de planos realzados, una sencilla hornacina desprovista de la imagen de San Bruno originaria, y la modesta espadaña superior.

La ornamentación es clasicista, a base de relieves de escayola en pilastras, capiteles y pechinas. Es de destacar los esgrafiados en la cúpula.

El transagrario es una pieza cuadrada cerrada con cúpula de linterna, decorado con esgrafiados. Han desaparecido del mismo la azulejería de suelo y zócalo.

La sacristía, a la izquierda del templo, es otra amplia estancia abovedada, como el locutorio, que forma como un estrecho corredor con uno de sus extremos cubierto por una cúpula. La capilla de San Bruno, al lado, también se cierra con bella cúpula con esgrafiados y revestida con arrimaderos y pavimento de azulejería policromada de motivos florales, formando un interesante ejemplo de integración decorativa dentro de un estilo barroco-valenciano. La imagen de J. Esteve Bonet, que presidía esta capilla es, probablemente, la que se conserva en la iglesia parroquial de San Nicolás, de Valencia, en cuya sacristía se halla una tabla de la Virgen, el Niño y San Juan Bautista, con inscripción alusiva de proceder de esta cartuja.

Comunica esta capilla con el aula capitular, estancia rectangular amplia con ornamentación de pilastras y capiteles de sobrio estilo neoclásico.

Al otro lado de la iglesia se encuentran algunas celdas, dos capillas de los hermanos, la capilla mortuoria con notable decoración barroca en esgrafiados que cubre totalmente la cúpula, pechinas y paramentos.

La crujía oeste del gran claustro está destruida totalmente, las tres restantes están constituidas por series de vanos de medio punto alternados con otros adintelados, y cuyos estribos se decoran con planas pilastras de orden toscano.

Circunda este claustro la serie de celdas de los hermanos, enteramente conservadas las de levante y parcialmente las orientadas al norte. La gran celda prioral, situada en el extremo sureste del conjunto, dispone de un oratorio decorado con estucos de amorcillos con los símbolos de las virtudes cardinales y azulejos policromados.

En el extremo suroeste del conjunto se encuentra el grandioso refectorio, con seis tramos de bóveda de cañón con lunetos, sostenida por pilastras decoradas con placas y presidido el testero por una copia de la Cena de Leonardo, con un magnífico marco de madera labrada de gran tamaño. Alrededor se sitúan diversas dependencias de servicio.

Sólo se conservan como mobiliario de interés los marcos y puertas de los vanos recayentes a los claustros, interesantes muestras de carpintería valenciana del siglo XVI.

ANEXO II

Motivación de la delimitación del entorno de protección

El criterio general seguido para la delimitación del entorno de protección de los bienes de interés cultural, habitualmente es el siguiente:

Parcelas que limitan directamente con la que ocupa el bien de interés cultural, pudiendo afectar al mismo visual como físicamente cualquier intervención que se realice sobre ellas.

Espacios públicos en contacto directo con el bien de interés cultural, y las parcelas enumeradas anteriormente y que constituyen parte de su ambiente urbano inmediato.

Edificaciones o cualquier elemento del paisaje urbano que aun no teniendo una situación de inmediatez con el bien de interés cultural afecten de forma fundamental a la percepción del mismo.

En el caso concreto de la cartuja de «Ara Christi», nos apartaremos algo del criterio general concreto, aunque no de la intencionalidad subyacente en el mismo, fundamentalmente por la peculiar situación extraurbana en la que no cabe hablar de parcelas en sentido urbanístico de la palabra ni de espacios públicos. Estamos ante un enclave edificatorio de valor histórico y artístico que se sitúa en un entorno de suelo no urbanizable agrícola, y en el que cabría hablar de valores paisajísticos del área. Por ello, el criterio seguido para la delimitación concreta del entorno de protección del conjunto edificatorio ha sido el siguiente:

Inclusión dentro del mismo de los elementos edificatorios de gran interés.

Inclusión dentro del mismo de otros elementos constructivos menores.

Incluir aquellas áreas que por su relación espacial y visual con el conjunto del monasterio forman parte de su entorno paisajístico inmediato, y sobre las que cualquier acción no controlada podría suponer distorsiones en la percepción del monumento.

ANEXO III

Área de protección

A) Descripción literal de la delimitación.

Introducción descriptiva: La cartuja se encuentra situada en el centro de un rectángulo limitado por carreteras cuyos lados mayores se orientan según una dirección norte-sur. El lado este está formado por la carretera nacional 340. Las dimensiones de los lados son las siguientes:

Lado norte: 450 metros.

Lado sur: 650 metros.

Lado este: 790 metros.

Lado oeste: 650 metros.

Origen: Vértice sur-este del rectángulo que contiene la cartuja.

Sentido: Sentido horario.

Línea delimitadora: Desde el origen, la línea recorre el rectángulo que contiene la cartuja en sus cuatro lados hasta volver al origen.

B) Descripción gráfica en documento aparte.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid