En el recurso contencioso-administrativo número 279/1990, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Van Den Bergh En
Jurgens, B. V., contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 21 de noviembre de 1988 y 18 de diciembre de 1989, se ha dictado, con fecha 6 de marzo de 1991, por el citado Tribunal, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo formulado por la Procuradora doña Esperanza Jerez Monge, en nombre y representación de Van Den Bergh En Jurgens, B. V., contra las Resoluciones de 21 de noviembre de 1988 y de 18 de diciembre de 1989, dictadas por el Registro de la Propiedad Industrial, Ministerio de Industria y Energía, que deniegan la inscripción de la marca lorasol'', clase 29, debemos declarar y declaramos que ambas resoluciones están ajustadas a Derecho; sin hacer mención especial en cuanto a las costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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