En el recurso contencioso-administrativo número 2.184/93, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «José Sánchez Peñate, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de febrero de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 7 de mayo de 1993, se ha dictado, con fecha 23 de diciembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña Isabel Julia Corujo, representando a la entidad "José Sánchez Peñate, Sociedad Anónima", contra concesiones de la Oficina Española de Patentes y Marcas respecto de la marca mixta número 1.505.686, "Oasis", cuyas resoluciones anulamos, ordenando la exclusión de protección registral para con la marca referenciada; sin pronunciamiento acerca de las costas procesales.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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