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Documento BOE-A-1996-21721

Resolución de 18 de septiembre de 1996, de la Universidad de Salamanca, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 30 de septiembre de 1996, páginas 29098 a 29102 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-21721

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 678/1988, de 1 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 5), y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma, así como en los Estatutos de la Universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión de la Universidad de Salamanca, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de la Escala de Gestión de la Universidad de Salamanca, por el sistema de acceso libre.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio (modificadora de la anterior); Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; los Estatutos de la Universidad de Salamanca aprobados por Real Decreto 678/1988, de 1 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 5), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo será el de oposición. Las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias, se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de la plaza al aspirante que supere el proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éste.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir del 1 de diciembre de 1996, determinándose en la Resolución que se indica en la base 4.1 el lugar y la fecha de realización, con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición. El Rectorado de la Universidad hará pública la lista de aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años el día en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado, Arquitecto técnico, Ingeniero técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considera equivalente al título de Diplomado universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera de la Escala de Gestión de la Universidad de Salamanca.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, que les será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Salamanca. A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1 «Ejemplar a presentar por el interesado» del modelo de solicitud) podrá hacerse en el Registro General de la Universidad de Salamanca, patio de Escuelas, sin número, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad de Salamanca.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el correspondiente recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas y se ingresarán en la cuenta de derechos de examen de la Universidad de Salamanca número 2104 0142 10 1100001032, Caja de Ahorros de Salamanca y Soria, oficina urbana número 20, calle de la Rúa, números 35-37, Salamanca.

En ningún caso, la presentación y pago de los derechos de examen en la Caja de Ahorros o en otra entidad, supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de candidatos

4.1 Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen, el Rectorado de la Universidad dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, número de documento nacional de identidad, así como la causa de no admisión en la relación de excluidos. En la citada resolución, deberá recogerse, asimismo, el lugar y fecha de celebración de los ejercicios.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

La resolución que apruebe definitivamente los admitidos, pondrá fin a la vía administrativa y, consiguientemente, los aspirantes definitivamente excluidos podrán formular el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido por los miembros que se especifican en el anexo III.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, o si hubiere realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal, declaración expresa de no hallarse inclusos en las circunstancias de abstención por recusación.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado» Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y Secretario, alcanzando, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan, en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante la oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de la actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Salamanca.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas necesarias en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22) o cualesquiera otros equivalentes.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Salamanca, patio de Escuelas, sin número, edificio del Rectorado, teléfono 29 44 00.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el artículo 33 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

5.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Ñ», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 23 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de marzo).

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal, señalada en la base 5.9, y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

6.5 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Salamanca, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal, señalada en la base 5.9, y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados con indicación de su documento nacional de identidad. La condición de aprobado en el procedimiento selectivo y el orden de puntuación final vendrá dado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición.

El Presidente del Tribunal enviará una copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad de Salamanca, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores aprobados deberán presentar en la Sección de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Salamanca los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Fotocopia debidamente compulsada del título de Ingeniero técnico, Diplomado universitario, Arquitecto técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente, o certificación académica de haber superado tres cursos completos de Licenciatura Universitaria.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, cuyo modelo figura como anexo IV.

d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acrediten tal condición. Igualmente, deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración Sanitaria, acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

8.2 Quienes, dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Los que tuvieran la condición de funcionario de carrera, están exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependieran, para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

8.4 La petición de destinos por parte del aspirante aprobado, deberá realizarse ante el Rectorado de la Universidad de Salamanca, previa oferta de los mismos.

8.5 Por la autoridad convocante y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento como funcionarios de carrera mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

9. Norma final

9.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Salamanca, 18 de septiembre de 1996.-El Rector, Ignacio Berdugo Gómez de la Torre.

ANEXO I

1. El procedimiento selectivo de los aspirantes por el sistema de acceso libre será el de oposición. En consecuencia, superarán el presente procedimiento selectivo y serán incluidos en la propuesta de nombramiento para la cobertura de las plazas convocadas según la puntuación final que arroje la suma de la calificación de cada uno de los ejercicios que integran la oposición.

2. La oposición está formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo eliminatorios todos ellos.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas, incluido en el anexo II. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de sesenta minutos.

Segundo ejercicio: El Tribunal planteará a los aspirantes cinco supuestos prácticos desglosados en preguntas, en número no superior a diez de las materias siguientes: Derecho Administrativo, Gestión de Personal y Seguridad Social, Gestión Financiera y Gestión Universitaria, a que hace referencia el anexo II. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento treinta minutos.

Tercer ejercicio: Consistirá en redactar por escrito dos temas elegidos por los opositores de entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con el contenido del programa. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal. De no personarse el aspirante en el acto de lectura en la fecha y hora que indique el Tribunal, se entenderá que renuncia al procedimiento y quedará eliminado.

3. Calificación de los ejercicios. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 80 puntos, siendo necesario para aprobar, obtener, como mínimo, 40 puntos, equivalentes al 50 por 100 de la puntuación establecida por los baremos que fije el Tribunal. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 100 puntos, a razón de un máximo de 20 puntos por cada supuesto práctico, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo global de 50 puntos. Asimismo, serán eliminados aquellos opositores que sean calificados con 0 puntos en alguno de los cinco supuestos. Se valorará la capacidad de razonamiento en el planteamiento, la corrección de la expresión y la exactitud de las respuestas.

Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 80 puntos, siendo necesario para aprobar, obtener, como mínimo, 40 puntos, equivalentes al 50 por 100 de la puntuación establecida por los baremos que fije el Tribunal. Se valorará la capacidad de razonamiento en el planteamiento, la corrección de la expresión y la exactitud de los datos expuestos.

4. Propuesta de aprobados: La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio, y si persistiere el empate, éste se dirimirá por sorteo público, en presencia de los opositores empatados.

ANEXO II

1. Organización del Estado y de la Administración Pública

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

Tema 2. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Secretarios de Estado. Los Subsecretarios. Secretarios generales y Directores generales. Otros órganos de la Administración Central. La Administración Periférica del Estado.

Tema 3. La Administración Institucional. La Administración Local.

Tema 4. El Estado y las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias. Estatutos de Autonomía.

Tema 5. La Comunidad Autónoma de Castilla y León: Organización y competencias.

Tema 6. La organización de las Comunidades Europeas. Las Comunidades Europeas y sus instituciones. El Consejo. La Asamblea o Parlamento Europeo. La Comisión. El Tribunal de Justicia.

2. Derecho Administrativo General

Tema 1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases de fuentes. La jerarquía de las fuentes. Leyes constitucionales: Concepto, caracteres y valor jurídico formal. Las Leyes ordinarias. Disposiciones del Poder Ejecutivo con fuerza de Ley.

Tema 2. El Reglamento: Concepto, clases y límites.

Tema 3. Relaciones entre las Administraciones Públicas. Órganos administrativos: Competencia. Órganos colegiados.

Tema 4. Derechos de los ciudadanos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El derecho de acceso a los archivos y registros administrativos.

Tema 5. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Eficacia de los actos administrativos. Actos presuntos. Motivación. Notificación.

Tema 6. Invalidez del acto administrativo. Revisión, anulación y revocación. Convalidación.

Tema 7. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.

Tema 8. Los contratos administrativos en particular. Contrato de obras. Contrato de suministro. Contrato de concesión de servicios.

Tema 9. Los bienes patrimoniales de la Administración. Bienes de dominio público.

Tema 10. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Requisitos y efectos. La potestad sancionadora de la Administración.

Tema 11. El procedimiento administrativo: Concepto y clases: La regulación del procedimiento administrativo en el Derecho Administrativo Español: La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Principios generales del procedimiento administrativo.

Tema 12. Los sujetos del procedimiento administrativo. Iniciación del procedimiento. Ordenación. Instrucción: Alegaciones, informes y prueba. El trámite de audiencia.

Tema 13. El tiempo en el procedimiento administrativo: Términos y plazos. Terminación del procedimiento.

Tema 14. Recursos administrativos. Recurso ordinario. Recurso de revisión.

Tema 15. El recurso contencioso-administrativo: Las partes, capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del proceso. La sentencia.

3. Gestión de personal

Tema 1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. La Ley 30/1984, de 2 de agosto, y la Ley 23/1988, de 28 de julio. Normativa básica.

Tema 2. El personal funcionario de las Administraciones Públicas. Tipos de funcionarios. La selección de los funcionarios.

Tema 3. Situaciones de los funcionarios. Pérdida de la condición de funcionario. El Registro Central de Personal.

Tema 4. Provisión de puestos de trabajo en la Función Pública. Derechos y deberes de los funcionarios. La promoción profesional de los funcionarios.

Tema 5. El sistema de retribuciones de los funcionarios. Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las indemnizaciones por razón de servicio.

Tema 6. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen disciplinario.

Tema 7. Órganos de representación de los funcionarios.

Tema 8. El régimen especial de la Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado. MUFACE. Acción protectora. Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos. Régimen de la Seguridad Social de los restantes empleados públicos.

Tema 9. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Su régimen jurídico. En particular el Convenio Colectivo aplicable al personal laboral de las Universidades públicas vinculadas a la Comunidad de Castilla y León.

Tema 10. El contrato de trabajo. Modalidades.

Tema 11. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción. Sus causas. El despido.

Tema 12. La sindicación del personal laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.

Tema 13. El régimen de la Seguridad Social del personal laboral. Acción protectora. Concepto y clases de prestaciones. Afiliación y cotizaciones.

Tema 14. Incapacidad temporal. Concepto y causas que motivan esta situación. Invalidez permanente. Grados.

Tema 15. Jubilación. Concepto y requisitos. Muerte y supervivencia. Prestaciones. Sujetos causantes. Beneficiarios.

4. Gestión financiera

Tema 1. El Presupuesto del Estado. Características y estructura. Créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario. Gastos plurianuales.

Tema 2. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de créditos. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito. Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de créditos. Desgloses de aplicaciones presupuestarias.

Tema 3. La ejecución presupuestaria y la contratación administrativa: Especial referencia a los contratos de obras, de gestión de servicios públicos y de suministros. Los contratos de asistencia técnica con empresas consultoras y de servicios.

Tema 4. Contabilidad pública. Concepto. Contabilidad preventiva. Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control del gasto público en España. Especial referencia al control de legalidad. El Tribunal de Cuentas.

Tema 5. La contabilidad pública y la planificación contable. El Plan General de Contabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito de aplicación y características. Criterios de valoración.

Tema 6. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de gestión. Los grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación y cierre del ejercicio. La Cuenta General del Estado.

Tema 7. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos competentes. Fases del procedimiento. Contraído. Intervenido. Ingresos en formalización. Documentos contables que intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.

Tema 8. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de transferencias. Corrientes y de capital. Gastos de inversión.

Tema 9. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestas. Pagos por ejercicios cerrados. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos.

Tema 10. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas: Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación. Sueldos, trienios, pagas extraordinarias, complementos, indemnizaciones por residencia y otras remuneraciones. Devengo y liquidación de derechos económicos.

5. Gestión universitaria

Tema 1. La Administración Educativa. Estructura orgánica del Ministerio de Educación y Ciencia. Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. Consejo de Universidades. Organización del Departamento de Enseñanza de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Tema 2. Las Universidades: Su naturaleza jurídica. Los Estatutos de las Universidades. Los Estatutos de la Universidad de Salamanca.

Tema 3. Organización académica: Centros. Departamentos. Institutos. Colegios universitarios. Referencia a la Universidad de Salamanca.

Tema 4. Órganos de gobierno de las Universidades. El Rector, los Vicerrectores, el Secretario general. Los Decanos y Directores. El Gerente. Órganos colegiados de gobierno: El Consejo Social. El Claustro. La Junta de Gobierno. Referencia a la Universidad de Salamanca.

Tema 5. Función económico-administrativa de la Universidad. Presupuesto universitario: Elaboración, contenido y aprobación. Tasas y precios públicos en el ámbito universitario.

Tema 6. Clases y régimen jurídico del profesorado universitario.

Tema 7. Clases y régimen jurídico del personal de Administración y Servicios.

Tema 8. Régimen de alumnado universitario. Acceso. Permanencia y colación de grados. Referencia a la Universidad de Salamanca.

Tema 9. Régimen del patrimonio universitario. El patrimonio histórico-artístico adscrito a las Universidades: Gestión y protección.

ANEXO III

Tribunal titular:

Presidente: Don Antonio Alonso Sánchez, Gerente de la Universidad de Salamanca.

Vocales: Don Enrique Cabero Morán, Vicerrector de Asistencia al Universitario, en representación de la Universidad; don José Ramón Chaves García, funcionario de la Escala Técnica de Gestión, en representación de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, y don Víctor Morán Morán, en representación de la Junta de Personal Funcionario.

Secretario: Don Gerardo Arévalo Vicente, funcionario de la Escala de Gestión de la Universidad de Salamanca.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Gerardo Llana Herrero, Gerente de la Universidad de Valladolid.

Vocales: Don Miguel Ángel Verdugo Alonso, Vicerrector de Tercer Ciclo y Títulos Propios, en representación de la Universidad; doña Consuelo Mateos García, funcionaria de la Escala Técnica de Gestión, en representación de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, y don Severiano Delgado Cruz, en representación de la Junta de Personal Funcionario de la Universidad de Salamanca.

Secretario: Don Tomás Nieto Nafría, funcionario de la Escala de Gestión de Hacienda Pública.

ANEXO IV

Don, con domicilio en, y documento nacional de identidad número, declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo o Escala, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

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