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Documento BOE-A-1996-21863

Orden 151/1996, de 19 de septiembre, por la que se clasifican las instalaciones aeronáuticas de la Base Naval de Rota, como Aeródromo Militar de la Armada.

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 2 de octubre de 1996, páginas 29465 a 29465 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1996-21863

TEXTO ORIGINAL

La Orden 142/1971, de 3 de marzo («Diario Oficial de la Marina», número 54) dispuso que a todos los efectos se considerará Base Principal de Helicópteros el actual Helipuerto de Rota, sus servicios anejos y los que en el futuro se puedan establecer.

La Orden 93/1993, de 21 de septiembre, estableció la clasificación de Bases Aéreas y Aeródromos Militares del Ejército del Aire.

El Reglamento de Circulación Aérea Operativa aprobado por el Real Decreto 1489/1994, de 1 de julio, establece las definiciones de Aeródromo Militar y Helipuerto y la responsabilidad de ejercer el control de la Circulación Aérea Operativa (CAO), la cual corresponde al Ejército del Aire.

En octubre de 1992, entró en vigor el acuerdo entre el Ejército del Aire y la Armada, que transfiere a esta última los Servicios Aéreos de Rota.

A propuesta del Estado Mayor de la Armada, en su virtud, dispongo:

Primero.-Se clasifican las Instalaciones Aeronáuticas de la Base Naval de Rota, como Aeródromo Militar de la Armada.

Segundo.-Queda modificada la Orden 142/1971, de 3 de marzo («Diario Oficial de la Marina» número 54) de acuerdo con lo preceptuado en el apartado primero de la presente Orden así como las demás disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en la presente Orden.

Tercero.-A efectos de control y gestión del tráfico aéreo del Aeródromo Militar de la Armada de Rota, queda integrado en el conjunto del Sistema de Circulación Aérea Operativa.

Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»

Madrid, 19 de septiembre de 1996.

SERRA REXACH

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